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Xabier Silveira Bertsolari

Constitución de Euskal Herria

Menos mal que la Constitución de Euskal Herria se redactará, si se hace algún día, en euskara y sin tener como modelo la española. Si no, con la de ahora es suficiente

Dice el punto primero del artículo uno de la Constitución española que: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordena- miento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político».

Demostrado pues que la constitución de un estado consiste en escribir lo primero que a uno se le ocurre, yo, que siempre me desvivo por hacer más fácil y agradable la vida de los demás, me voy a animar. Las palabras de Egiguren son para mí órdenes, y las órdenes hay que cumplirlas. Eso sí, cada cual a su manera y en su justa medida. Y al ser una hoja en blanco la más exacta medida de una ley que para ser cumplida necesita estar escrita, redactaré yo mi carta magna limitándola a lo concerniente a derechos y deberes.

Por lo dispuesto: El conjunto de vascos y vascas será denominado Jatorras. En caso de necesidad se utilizará el artículo le/les (Le/s Jatorra/s), no nos vayamos a matar entre nosotros y nosotras. Les Jatorras serán mayores de edad cuando sean capaces de freír un huevo sin quemarse ni quemar a nadie. Si se rompe no vale. Les Jatorras serán iguales ante la ley. De darse el caso que no, las fuerzas de orden público se encargarán de ello, como hasta ahora. Les Jatorras tendrán derecho a la vida; pero tendrán que ganarse el derecho a la muerte. Nadie podrá morir hasta que haga su parte.

Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes quienes se sienten al lado de nadie que las practique. A dar la chapa a Santander. Les Jatorras tienen el derecho y el deber de divertirse. La Ley fijará las obligaciones ociosas de les Jatorras y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del Servicio de Bajar al Bar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general (jueves social, lunes peleon, ezer ez ta festa...).

Mediante ley podrán regularse los beberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública y todes contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y, en su ausencia, a la herencia.

Les Jatorras tienen el deber de no trabajar y el derecho a no hacerlo, a la libre elección de profesión o vicio, a la promoción a través de hablar en bares o lugares públicos y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia sin pegar palo al agua sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de peso ni volumen. En cambio, se reconoce el derecho a la protección de la salud. El que no fume moco verde.

Menos mal que la Constitución de Euskal Herria se redactará, si se hace algún día, en euskara y sin tener como modela la española. Si no, con la de ahora es suficiente.

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