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El presidente del TSJPV, Juan Luis Ibarra, cree que Euskaltel debería abonar a Orange solo 43,4 millones

GARA | BILBO

El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, cree que el alto tribunal de la CAV no debería haber validado el pronunciamiento del laudo suizo que ordenaba a Euskaltel al pago a Orange de 178.471.806 euros, «en razón de la violación de las estipulaciones en los contratos» por el concepto de «lucro cesante Tipo I», y considera que solo son 43,4 los millones con los que deberá compensar al operador francés.

Los más de 178 millones de euros por lucro cesante tipo I corresponden a la ganancia que Orange habría dejado de obtener de los clientes de los servicios de telefonía móvil que, hasta la ruptura del acuerdo, utilizaban la red de la compañía francesa.

Ibarra cree que el operador vasco solo debería abonar a la parte demandante 43,4 millones en concepto de lucro cesante Tipo II (como consecuencia de los clientes que Orange habría dejado de adquirir por la competencia de Euskaltel durante el periodo de vigencia de la obligación de no competir) y otros 41.717.957,40 euros por compensación de costes y gastos operativos de comercialización y de captación.

Voto particular

Ibarra hizo constar sus apreciaciones en un voto particular hecho público una semana después de que el pleno de la Sala Civil y Penal que él preside, acordara, por mayoría, dar da validez al laudo suizo que condenó a Euskaltel a 222 millones por supuestos perjuicios tras la ruptura de la alianza que mantenía con Orange hasta 2006.

EL TSJPV ratificó, de esta forma, la decisión del Tribunal Arbitral, que ordenó a Euskaltel el pago a las mercantiles demandantes las sumas de 178.471.806 euros en concepto de lucro cesante Tipo I, de 1.712.302 euros en concepto de lucro cesante Tipo II, y de 41.717.957,40 euros, en concepto de compensación por los costes y gastos operativos de comercialización y de captación de nuevos clientes.

Por su parte, Euskaltel manifestó en un comunicado que el voto particular del presidente del TSJPV reafirma a la compañía en sus «argumentos», aunque considera que significa «una injusticia añadida» para una parte «a la que tampoco se le ha admitido la práctica de las pruebas solicitadas».

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