la izquierda abertzale, legalizada
SORTU legalizado
El Tribunal Constitucional dictaminó ayer que Sortu había visto vulnerado su derecho de asociación cuando el Supremo impidió su legalización, por lo que reconoce a la izquierda abertzale «el derecho a la inscripcion de dicho partido político». La decisión no es unánime, sino que contó con seis votos a favor y cinco en contra. Tres de los magistrados anunciaron la redacción de votos particulares. La legalización de Sortu tendrá condiciones para el futuro.
Iñaki IRIONDO | GASTEIZ
Más de un año y cuatro meses después de que Rufi Etxeberria e Iñigo Iruin presentaran sus principios ideológicos y estatutarios en el Palacio Euskalduna de Bilbo, el Tribunal Constitucional ha reconocido a Sortu el derecho a inscribirse en el registro de partidos.
Seis de los once integrantes del TC optaron por estimar la demanda de amparo promovida por Sortu y declarar que el Tribunal Supremo había «vulnerado el derecho de asociación de los recurrentes en su vertiente de libertad de creación de partidos políticos».
Según diversas fuentes, a favor de la legalización se pronunciaron la ponente de la sentencia, Elisa Pérez Vera, los magis- trados Pablo Pérez Tremps, Luis Ortega, Adela Asúa y también el presidente y el vicepresidente del Tribunal, Pascual Sala y Eugeni Gay, todos ellos del denominado «sector progresista».
La nota hecha pública por el Tribunal Constitucional anuncia votos particulares de tres magistrados. Según distintos medios serán Javier Delgado, Manuel Aragón y Ramón Rodríguez-Arribas. También se pronunciaron en contra de la legalización y podrían adherirse a alguno de estos votos particulares Luis Pérez de los Cobos y el expresidente de la Sala del 61 que ilegalizó Batasuna, Francisco José Hernando. Son jueces del llamado «sector conservador» y ya se opusieron a la participación electoral de Bildu.
«El fundamento jurídico 16»
El fallo del Tribunal Constitucional contiene, sin embargo, un extremo que necesita aclaración y que desde los servicios del propio TC dicen que todavía no pueden ofrecer.
La nota emitida señala que se reconoce a Sortu «el derecho a la inscripción de dicho partido político, en los términos previstos en el fundamento jurídico 16». El problema es que, al no haberse hecho pública la sentencia por el momento, no es posible saber cuáles son esos términos.
El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el auto de la Sala del 61 del Supremo, por el que no admitió el registro de Sortu «por ser continuidad o sucesión del partido político declarado ilegal y disuelto Batasuna».
El fundamento jurídico 16 podría hacer mención a que la inscripción se haga efectiva «si satisface los demás requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica de Partidos Políticos», según avanzó el diario «El Mundo» ayer.
La agencia Efe aseguró por la tarde que la sentencia contendrá una enumeración «tajante e inequívoca» de las conductas que llevarían a la formación abertzale a su ilegalización «a posteriori». Cuando permitió a Bildu concurrir a las elecciones, el TC aludió a «la panoplia de instrumentos de control a posteriori de que se ha dotado, mediante las últimas reformas legales, nuestro ordenamiento». Esta vez no habrá una referencia general a esos instrumentos, sino una enumeración completa y concreta.
Madrid, discrepa y vigila
Algo parece saber el Gobierno español sobre los términos de la sentencia, cuando el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, además de mostrar su «discrepancia» con el contenido, anuncia que está a la espera de saber cuáles son los límites que el TC establece a la participación política de Sortu y el margen de la actuación del Ejecutivo.
Presiones previas al TC
Los intentos de que el TC mantuviera la ilegalización de Sortu se sucedieron durante la mañana de ayer, antes de que se conociera el fallo. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, aseguró que la posición del Ministerio Público con respecto a Sortu es «clarísima», ya que las decisiones de la Sala del 61 del Tribunal Supremo son correctas y «no procede la legalización de esa entidad electoral».
El exsecretario de Estado de Seguridad y director del Area de Constitución e Instituciones de FAES, Ignacio Astarloa, uno de los impulsores de la Ley de Partidos, no solo se pronunció por la ilegalización, sino que personalizó su exigencia en el presidente del TC, Pascual Sala.
La sentencia del Tribunal Constitucional llega un año después de que los abogados de Sortu presentaran su recurso contra la decisión adoptada por el Tribunal Supremo.
Las consignas que en estos casos solía utilizar el PP desde la oposición para atacar al Gobierno del PSOE se han vuelto ahora en su contra y asociaciones de víctimas y sindicatos policiales acusan a Rajoy de seguir por el camino marcado por Zapatero.
Desde distintas instancias se llamó ayer la atención sobre el hecho de que la sentencia del Tribunal Constitucional pone en evidencia las condenas de cárcel que sufren las personas que protagonizaron el inicio del debate que dio lugar al cambio estratégico de la izquierda abertzale y la creación de Sortu. GARA
El voto contrario de Francisco José Hernando figurará en la sentencia en la que el Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de la formación abertzale, pese a que el marte fue intervenido quirúrgicamente y ayer estaba hospitalizado.