GARA > Idatzia > Iritzia> Kolaborazioak

Fernando Apraiz, Pablo Fernández, Fernando Bilbao y Miriam Campos El nombre de Eleak de Bilbo

Justicia transicional vs. legislación «ad hoc» para tiempo de soluciones

No se entiende, entonces, que metidos ya en harina de un proceso de resolución, las medidas que se están activando por parte del Ejecutivo español vayan justo en contra de esa justicia para un periodo de transición hacia un marco resolutivo

Mucho se está hablando en los últimos tiempos sobre la necesidad de articular una justicia transicional que coadyuve a la implementación de un nuevo tiempo en Euskal Herria. Una serie de normativa jurídica y legal que haga posible el tránsito de una situación de conflicto violento y armado a un nuevo tiempo donde las expre- siones de violencia, incluida la armada, hayan desaparecido.

El concepto, es cierto, no es nuevo. Se viene utilizando en el Derecho Internacional contemporáneo desde finales de la Segunda Guerra Mundial. Se define la justicia transicional como el conjunto de medidas judiciales y políticas que diversos países han utilizado para la reparación de las violaciones de derechos humanos.

Entre ellas figuran acciones penales, comisiones de la verdad, programas de reparación o diversas reformas institucionales: a) acciones penales, sobre todo contra aquellos considerados como máximos responsables de las violaciones de derechos; b) reparaciones, que los Gobiernos utilizan para reconocer los daños sufridos y tomar medidas para abordarlos. Esas iniciativas suelen tener un componente material (como los pagos monetarios o los servicios sanitarios), así como aspectos simbólicos (como las disculpas públicas o los días del recuerdo); c) reforma de instituciones públicas implicadas en los abusos -como son las fuerzas armadas, la policía y los tribunales-, con el fin de desmantelar la maquinaria estructural de los abusos y evitar tanto la repetición de violaciones de derechos humanos graves como la impunidad; d) comisiones de la verdad u otras formas de investigación y análisis de pautas de abuso sistemáticas, que recomiendan cambios y ayudan a comprender las causas subyacentes de las violaciones de derechos humanos graves.

Activar este tipo de medidas es el abecé para abordar cualquier proceso de resolución de conflictos. Por eso no es lógico que hoy en día el Gobierno español, en estrecha colaboración con el francés, se empecinen en caminar en la dirección contraria. Es un hecho innegable que ya desde la Declaración de Aiete y máxime desde el histórico paso de ETA dando por finalizada la lucha armada, una nueva fase se ha abierto en el conflicto que vive Euskal Herria con los Estados español y francés. Nadie pone en duda que el tiempo de soluciones se ha abierto en Euskal Herria. No se entiende, entonces, que metidos ya en harina de un proceso de resolución, las medidas penales y jurídicas que se están activando por parte del Ejecutivo español vayan justo en contra de esa justicia para un periodo de transición hacia un marco resolutivo. Como Orwell en su célebre «1984», el Ejecutivo español está utilizando su propia neolengua para tratar de abordar esta nueva fase: por memoria y reparación entiende relato parcial del conflicto y reconocimiento sólo de una parte del sufrimiento, materializando la jerarquía entre las víctimas.

Por reforma de instituciones públicas involucradas en los abusos entiende perpetuación del sistema judicial y de los Tribunales de excepción emanados de la dictadura franquista para seguir juzgando a independentistas vascos, así como impunidad de su policía y fuerzas de seguridad para seguir «verificando» el proceso (léase detenciones y peticiones de euroórdenes contra ciudadanos y ciudadanas vascas). Por comisión de la verdad, foros excluyentes donde se impide dar voz a una de las partes implicadas. Por reformas penales, perpetuación de un marco político-institucional excluyente, iniciativas legislativas para la manipulación del censo electoral, así como propuestas para criminalizar las movilizaciones en la calle o las manifestaciones de inconformismo o de desobediencia civil... Estas son las «medidas de transición» que está articulando un gobierno que quiere pero no puede alcanzar su homologación democrática. Por justicia transicional el Ejecutivo español entiende crear una legislación ad hoc para perpetuar el conflicto político. Justicia transicional a la española.

Y frente a ello, tenemos que seguir activando el debate social y la denuncia. Porque nuestro objetivo a la postre es y será crear un muro de contención popular contra todas estas actuaciones represivas. Para que en Euskal Herria se abra paso una solución democrática es fundamental conseguir la paz y la normalización políticas y ese nuevo escenario exige que desaparezcan todas aquellas situaciones que supongan alimentar el conflicto y creen vulneraciones de derechos.

Nuestra propuesta es dar cuerpo a un compromiso colectivo, tomando como punto de partida el compromiso para con el proceso de resolución así como para con los derechos civiles, políticos y sociales para todas las personas. Porque la justicia transicional tendrá que ser resultado, también, del empuje social por revertir el statu quo represivo actual.

Imprimatu 
Gehitu artikuloa: Delicious Zabaldu
Igo