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ANALISIS ı EL FUTURO DE LAS ENTIDADES DE PREVISIÓN

EPSVs: ¿Fondos para la recuperación económica?

La propuesta para destinar una parte del patrimonio de las EPSV a la recuperación del tejido industrial vasco, mediante su inversión en las pymes, resulta, en prinicipio, una idea sugerente a juicio del autor, aunque recalca que es preciso andar «con pies de plomo», ya que solo bajo un control estricto sería beneficioso abrir esa puerta. Además, cree indispensable no poner en riesgo el cumplimiento de los objetivos de la previsión social.La patronal Confebask considera que habría que destinar el patrimonio de las EPSVs a invertir en las empresas vascas, sobre todo, en las pymes. La mayoría sindical cree que las empresas deberían tener abierta la ventanilla de la financiación en Kutxabank, banco llamado a apoyar el tejido industrial. El artículo 60 de la Ley de EPSVs indica que los fondos deben invertirse en base a criterios de liquidez, seguridad, dispersión, rentabilidad y plazos adecuados a su objeto social.

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Alberto CASTRO

Las empresas vascas, representadas en Confebask, están llamando a la puerta de diferentes administraciones para solicitar financiación en estos tiempos de crisis. Una vez que han visto bloqueado el acceso a los fondos de entidades financieras e instituciones oficiales de crédito, han virado su punto de mira hacia los ahorros que los trabajadores quisieran disfrutar como complemento a la pensión. El Gobierno vasco ha hecho suya la petición y ha comenzado a moverse para hacerla realidad. Según Confesbak, habría que destinar una parte del patrimonio de las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) a invertir en las empresas vascas, especialmente en las pymes. Así, de golpe, suena estimulante que, en vez de dirigir esas inversiones a compañías ajenas a la actividad del tejido industrial vasco, se invite a tomar parte en la recuperación de la economía del país a las entidades de previsión social receptoras de las aportaciones de los trabajadores vascos con capacidad de ahorro.

Con pies de plomo

Pero habría que andar con pies de plomo en esta iniciativa, dado que solo bajo un control estricto de esas potenciales inversiones en la economía real, fuera del mundo de la especulación financiera, sería beneficioso abrir esa puerta. Pero, como se sabe, no es fácil unir las intenciones de la propia patronal con un uso adecuado de esos fondos. ¿Con qué criterios se accedería a ese dinero? ¿Sería otro programa más de apoyo financiero a las pymes sin condiciones? ¿Podrían hacer uso de esa financiación asequible empresarios que han abusado de planteamientos contra el empleo o aplican legislaciones laborales restrictivas? Se podría dar el hecho de que una EPSV contara con socios a los que la empresa apta para recibir esos créditos o inversiones ha despedido y que ahora está habilitada para participar de las ventajas de esta medida.

Por tanto, solo si se supera esta fase inicial de análisis de modo positivo, se podría empezar a pensar en el mejor método para llevar a cabo esta trasvase de fondos-inversiones de las EPSVs a las empresas necesitadas de financiación. En todos los casos, además, se debieran establecer mecanismos más eficientes para conocer la idoneidad de la ayuda, además de evitar poner en riesgo el cumplimiento de los objetivos de la previsión social. Este aspecto último aparece como fundamental, dado que el portazo de los bancos a las compañías se debe, en muchas ocasiones, a los altos endeudamientos de las mismas y al riesgo cierto de incumplimiento de sus obligaciones en el pago de los créditos. Por tanto, si se destinaran esos fondos a empresas sin capacidad de responder a los pagos acordados, acabarían resintióndose los patrimonios de las EPSVs y, lógicamente, disminuyendo los ahorros de los trabajadores.

Principios de inversión

El artículo 60 de la Ley 5/2012 de EPSVs deja marcados los principios de inversión requeridos. En su primer apartado señala que «los fondos de las entidades de previsión social voluntaria deben invertirse de acuerdo a criterios de seguridad, rentabilidad, liquidez, diversificación, dispersión, congruencia monetaria y plazos adecuados a su objeto social. La inversión se realizará de acuerdo a la estructura, límites y características que determinen las disposiciones reglamentarias a dictar en desarrollo de esta ley». En el segundo apartado del artículo establece también una mención de sumo interés para este debate al fijar que: «La junta de gobierno deberá elaborar una declaración escrita en la que se incluirá la política sobre inversiones socialmente responsables o las razones de su ausencia». Precisamente, en el recurso de inconstitucionalidad promovido en diciembre por Madrid contra la Ley de EPSVs se califica al artículo 60.1 como contrario a la Constitución española, aunque no ha solicitado la suspensión.

Por lo tanto, las puertas legales están abiertas de par en par si atendemos a los activos actos para la inversión de las EPSVs. No obstante, el Gobierno vasco tendría que efectuar previamente unos ajustes para su regulación. De todos modos, su viabilidad legal no es motivo suficiente para aceptar proyectos sin compromiso de un uso eficiente y social de los fondos destinados a esa potencial vía de crédito e inversión.

Un fondo de 2.000 millones

Por el momento, los dirigentes de Confebask han puesto sobre la mesa la oportunidad de buscar financiación a través de una parte del patrimonio de las EPSVs. Si fuera el 10% del total, según la propuesta de la patronal, las empresas contarían con una ventanilla nueva para disponer de 2.000 millones de euros. Aunque falta por saber las aportaciones reales al fondo, dado que no existiría obligación directa de tomar parte en ese hipotético programa de ayuda financiera. Desde Confebask se estima que con 600 millones de euros se podrían salvar hasta 11.000 puestos de trabajo.

Para la mayoría sindical vasca, opuesta a esta iniciativa, las empresas debieran tener abierta esa ventanilla de financiación en Kutxabank, banco surgido de las cajas y, por tanto, llamado a cumplir esa función de apoyo al tejido empresarial vasco.

El patrimonio de las EPSVs es de 20.000 millones de euros, lo que representa el 30% del PIB de la Comunidad Autínoma Vasca. Este porcentaje supera ampliamente al del Estado, pero todavía está lejos del 67,6% de la OCDE. Además, el 50% de los empleados disponen de una entidad de empleo.

Los planes de pensiones vascos

Las EPSVs gestionan planes de previsión que son, en esencia, como los planes de pensiones, aunque tienen dos matices distintivos importantes. El primero, que solo pueden ser socios los residentes en la Comunidad Autónoma Vasca; y el segundo, que se puede rescatar el dinero a los diez años sin necesidad de justificar causa alguna. Otras contingencias para pedir su rescate, tales como desempleo, invalidez, etc, o el trasvase entre entidades, están vigentes en ambos sistemas de previsión. Tampoco puede traspasarse el ahorro consolidado en una EPSV a un plan de pensiones, ya que este último no habilita ese opción, algo que sí cabe en la legislación vasca siempre y cuando se diera el principio de reciprocidad, ahora no contemplado, en la legislación española.

Además, los residentes vascos que se domiciliaran fiscalmente fuera de la CAV no pueden seguir deduciéndose las aportaciones en la declaración de la renta, una alternativa que sí se mantiene para los socios de las entidades de empleo.

A efectos prácticos, sí existe otra diferencia fundamental: no hay todavía ningún organismo o federación que exponga periódicamente las rentabilidades de las EPSVs en un panel conjunto, por lo que nunca se conoce el comportamiento comparado de los planes de previsión.

Bien es cierto que algunas aparecen relacionadas en los listados de planes de pensiones y que el Gobierno tiene previsto elaborar también su propio panel en un futuro próximo.

 

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