La Comisión Internacional de Juristas no tiene duda alguna respecto al caso de Inés del Río
Ayer se conocía la aplicación de la doctrina 197/2007 al preso getxoztarra Iñaki Gonzalo, quien tenía fijada su puesta en libertad en mayo. Otro alargamiento de condena a pesar de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ante el que la Comisión Internacional de Juristas (ICJ) presentó ayer un «amicus curiae» en el que deja clara la incompatibilidad de esa doctrina con el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que en su artículo 7 precisa que no se puede imponer a nadie una pena mayor que la que se aplicaba en el momento de la comisión del acto juzgado.
La primera resolución de Estrasburgo del caso de Inés del Río fue, por unanimidad, coincidente con el informe de la ICJ y, a la espera de la revisión del fallo que la Gran Sala de ese tribunal hará el próximo 20 de marzo, se puede afirmar que un fallo contrario al Estado español supondría -aunque tarde para los presos a quienes se les a alargado la condena- una resolución a favor de la CEDH, aun desautorizando a un estado, mientras que el caso contrario autorizaría a cualquier otro estado a vulnerar el CEDH sin temor a ser objeto de rectificación o sanción del Tribunal de Estrasburgo.