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El TSJPV otorga la viudedad a una divorciada sin pensión compensatoria

GARA | BILBO

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer, pese a estar divorciada de su marido en el momento de su fallecimiento y no percibir de manera efectiva la pensión compensatoria establecida.

El TSJPV estima así el recurso de suplicación interpuesto por la mujer contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Gasteiz, que ratificó una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que rechazaba el reconocimiento de la pensión.

El TSJPV considera que esa resolución fue «excesivamente rígida», ya que «en materia de relaciones personales, la realidad con frecuencia se aparta de lo que figura documentado», y en este caso constata que la mujer siguió viviendo con su exesposo y los ingresos de este eran los únicos del núcleo familiar.

«La demandante era acreedora de la pensión compensatoria y esta se extinguió con el fallecimiento», con lo que desapareció la única fuente de ingresos. Por ello, el tribunal reconoce el derecho de la mujer a la pensión de viudedad y que esta se le abone con efecto retroactivo desde que falleciera su exmarido.

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