El Tribunal Supremo declara nulas las cláusulas suelo cuando sean opacas
GARA | MADRID
El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) declaró ayer la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia, decisión que no supondrá la devolución de las cantidades que ya hayan sido satisfechas.
En un fallo notificado ayer, los magistrados estimaron parcialmente un recurso de casación que presentó la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios y Financieros, Ausbanc, contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas en sus hipotecas, informó el Supremo en un comunicado.
Dicho pronunciamiento, que se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la UE haya dictaminado que el régimen procesal español sobre desahucios es contrario a las normativas europeas, establece, sin embargo, que no serán anuladas las cláusulas suelo en los casos en los se cumplan con los requisitos de transparencia respecto a los consumidores.
La decisión, que sienta jurisprudencia y está pendiente aún de que se redacte la sentencia, anula así estas cláusulas en los casos de falta de transparencia, pero no comportará la devolución de las cantidades que ya se hayan satisfecho por este concepto.
El pleno de la Sala de lo Civil, encabezado por el presidente Juan Antonio Xiol, inició sus reuniones el martes y seguirá hasta hoy para estudiar si declara abusivas las cláusulas «suelo» y «techo» de algunas hipotecas o si cabe responsabilizar a los bancos por inversiones de «alto riesgo» como las denominadas participaciones preferentes.