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Absuelto Ernesto Prat, para el que pedían ocho años

GARA | MADRID

La Audiencia Nacional española ha absuelto a Ernesto Prat, natural de Berriozar y vecino de Baztan, de la acusación de «integración en ETA» por su pertenencia a Ekin, ante la falta de «pruebas concluyentes» de que fuera un «militante activo» esta última organización. La Fiscalía pedía una pena de ocho años de prisión. En su sentencia, la sección primera de la Sala de lo Penal recuerda que, según «reiterada doctrina» del Tribunal Supremo, para condenar por el delito de integración «no basta con la mera pertenencia» a este tipo de organizaciones «sino que es necesario ser miembro activo de la misma».

Tras un operativo de la Guardia Civil en 2008, Prat se trasladó a vivir a Urruña, donde fue detenido en enero de 2012. Algunos medios españoles lo presentaron como «uno de los terroristas más buscados», pese a que llevaba una vida normal en la localidad labortana.

Un mes después fue extraditado al Estado español, donde ingresó en prisión. Salió bajo fianza ese abril, a la espera del juicio, que tuvo lugar hace un mes. Las principales pruebas esgrimidas por la Fiscalía, y desechadas por los magistrados, eran una carta que le remitió un preso en el año 2000 pidiendo información sobre Ekin, los testimonios de dos personas en sede policial y no ratificadas en sede judicial, una cita en una agenda y una expresión en una postal en la que consta la expresión «ekiMez».

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