El juez cuestiona la seguridad ferroviaria en el accidente de Angrois
El juez que instruye el caso por el accidente de tren que el pasado 24 de julio costó la vida a 79 personas en Galiza ha abierto la puerta a una eventual imprudencia de Adif, empresa estatal administradora de la red ferroviaria española, en el origen de aquel trágico suceso al citar como imputados a los responsables de seguridad en el tramo ferroviario entre Ourense y Santiago de Compostela. Adif restó importancia a la decisión judicial, que consideró habitual en esos casos.
GARA | SANTIAGO DE COMPOSTELA
La investigación judicial por el accidente ferroviario registrado hace poco menos de un mes en la curva de A Grandeira dio ayer un giro con la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago de Compostela, Luis Aláez, de tomar declaración en calidad de imputado «a la persona/s de Adif responsable/s de la seguridad en la circulación en el tramo de la línea ferroviaria que une las estaciones de Ourense y Santiago a fecha 24 de julio». En su auto, apunta que señalará la fecha de citación una vez que el gestor ferroviario informe sobre la identidad de esas personas.
Dice el juez que las muertes y lesiones que provocó el accidente se encuentran «obviamente conectadas» con la conducción inadecuada por exceso de velocidad del maquinista, Francisco José Garzón, hasta ahora el único imputado, acusado de 79 cargos de homicidio imprudente. Pero incide en que «un examen más detenido de las circunstancias conocidas en las que se produce el siniestro permite inferir también su conexión con la omisión de medidas de seguridad preventiva de naturaleza vial y, en definitiva, con una conducta imprudente de las personas responsables de garantizar una circulación segura en el tramo de la vía donde se produjo la catástrofe».
Aláez constata el carácter «sumamente comprometido para la circulación de los trenes» de la curva de A Grandeira, donde se produjo el accidente, por lo que agrega que ante esa situación «y el previsible error o despiste de un maquinista que puede circular a la máxima velocidad permitida» se deberían haber adoptado otros procedimientos que salvasen o evitasen una «predecible» equivocación «advirtiendo del peligro». Y asegura que la señal fija de reducción de la velocidad máxima está tan próxima a la curva que es imposible la corrección manual de la velocidad adecuada.
Por eso, sostiene que ha habido una «omisión de cautelas elementales», al señalar que la señalización es insuficiente, que podría ser constitutiva de una imprudencia punible.
Argumenta el juez que los responsables de garantizar la seguridad, dada su presunta condición de personas experimenta- das y con formación específica, «no podía pasarles desapercibido el peligro cierto de desatención por somnolencia, cansancio o rutina» del maquinista. Y señala que la advertencia podría consistir en «algo tan básico» como el establecimiento de señales visuales y sonoras de preanuncio de la limitación de velocidad a medida que el tren se aproxima a la curva.
A su juicio, «de haberse alertado previa y suficientemente de la proximidad a la curva de A Grandeira y del consiguiente cambio de velocidad al maquinista, es de lo más probable que Francisco José recobrase la atención perdida en la conducción y hubiese ajustado la velocidad».
Adif señaló ayer que la decisión del juez «no es algo que se salga de lo excepcional y entra dentro de lo habitual» y subrayó que el hecho de que haya acordado tomar declaración a los responsables en calidad de imputados «no es sinónimo de acusados».
El juez instructor sostiene que ante la «ausencia de las más elementales medidas de cuidado, la conducta censurada puede incluirse provisoriamente en las infracciones penales graves, es decir, en el ámbito del delito y no de la falta».
Reclama a Adif y a Renfe abundante documentación sobre protocolos de seguridad o incidentes en el tramo del accidente ferroviario del 24 de julio, y pide al Congreso español el diario de sesiones de la comisión en la que comparecieron la ministra de Fomento y los responsables de ambas empresas.