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Gipuzkoa gravará con un 28% a las empresas con mayores beneficios

La Diputación de Gipuzkoa presentó ayer el nuevo Impuesto sobre el Beneficio de Sociedades que contempla un tipo del 28% para empresas con beneficios superiores a 200.000 euros y del 24% para las que no alcancen esa cifra, así como la supresión de las deducciones.

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La diputada de Hacienda, Helena Franco, y la directora, Itziar Miner, dieron cuenta de esta propuesta que se prevé comience su tramitación en las Juntas en noviembre y sobre la que esperan lograr el «mayor respaldo posible», ya que toma «como base» las conclusiones aprobadas en la ponencia sobre la revisión de este gravamen. Algunos de los puntos que destacaron fueron también que el impuesto recoge una reserva especial para empleo e inversión, y un «innovador» sistema de incentivos en materia de investigación, innovación y medio ambiente.

En cuanto al tipo impositivo, será del 24% para pymes y otro tipo de empresas con beneficio hasta los 200.000 euros y del 28% para aquellas con beneficios mayores. Franco indicó que es «justo y lícito» que, en un entorno «competitivo», las sociedades o empresas con beneficios hagan una aportación «para que el resto del entorno siga siendo competitivo», y ése es el objetivo de este nuevo impuesto para cuya elaboración se ha contado con la participación de diversos agentes y el resto de departamentos forales en «un proceso multidisciplinar».

Según señaló, con este nuevo impuesto se pretende «doblar» la capacidad de recaudación, asegurar la seguridad jurídica y vincular los incentivos a los beneficios, todo ello para lograr «equidad y progresividad». En este sentido, se plantea que las compañías tributen en función de sus beneficios y no de su tamaño. La diputada enumeró como principales cambios planteados en esta propuesta respecto al anterior impuesto un nuevo sistema de incentivos con una reserva especial para el empleo e inversión y deducciones limitadas al 25% sobre la I+D+i y medio ambiente.

Por su parte, Miner señaló que, hasta ahora, la reinversión de los beneficios extraordinarios «funcionaba a modo de exención», pero ahora se plantea su abono de modo «diferido» en los años siguientes, cuando la inversión se reemplace por nueva inversión. «Se pasa así de exención a diferimiento», matizó. Además, algunos gastos, como los de representación, dejan de considerarse deducibles conforme a las medidas para luchar contra el fraude y el límite de deducción por gastos financieros se fija en el 30% del beneficio bruto de la sociedad.

Reserva especial

En cuanto a la reserva especial para la inversión y el empleo, Miner explicó que las sociedades con beneficios podrán destinar como máximo el 20% a la misma y esa dotación supondrá una disminución de la mitad de esa dotación en la base.

Ese 20% podrá destinarse a la creación de empleo fijo, a I+D+i, a inversiones en activos extraordinarios como maquinaria o instalaciones, a actuaciones medio ambientales o en el ámbito del euskara y la igualdad.

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