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Condenas de cárcel para los dos mandos policiales del «caso Faisán»

GARA | MADRID

La Audiencia Nacional española condenó ayer a un año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación a Enrique Pamiés y José María Ballesteros, los dos mandos policiales acusados del chivatazo a ETA. La sentencia atribuye a los dos acusados un delito de revelación de secretos, aunque les absuelve del delito de colaboración con banda armada.

El tribunal entiende que «no estamos ante una acción directa de los acusados para favorecer una acción puntual de ETA, sino que iba encaminada en un sentido distinto, pues la acción ejercida iba dirigida a no entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA».

El fiscal Carlos Bautista solicitaba dos años de cárcel para Pamiés y uno y medio para Ballesteros por un delito de revelación de secretos, aunque el fiscal general del Estado solicitaba penas de hasta cinco años por «colaboración con organización terrorista».

Seguirán ejerciendo

Enrique Pamiés y José María Ballesteros, que actualmente son comisario de la Policía en Huesca e inspector jefe en la Jefatura Superior de Policía en La Rioja, respectivamente, no serán cesados del cuerpo policial hasta que el Tribunal Supremo confirme la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, según adelantó el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, quien declinó hacer valoraciones de la sentencia.

Ambos condenados anunciaron que van a recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo español al considerarla «imprecisa», según adelantó el Sindicato Profesional de la Policía (SPP). Este añadió que la resolución «tiene una motivación cuando menos escasa» y que incurre en «errores de fechas y horas que se ven contradichos por elementos obrantes en el sumario». La decisión de no cesar a los dos mandos policiales contradice la ley orgánica de Régimen Disciplinario de la Policía (4/2010).

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