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Gara > Idatzia > Ekonomia 2006-04-09
«Novedosa» sentencia sobre un accidente laboral
·Declaran «in itinere» un siniestro entre el trabajo y la casa de la novia del trabajador

El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbo ha reconocido como accidente laboral «in itinere» el siniestro de tráfico que sufrió un trabajador, pese a que éste no partió desde su domicilio, sino desde el de su compañera sentimental. CCOO calificó la sentencia de «novedosa».

BILBO

El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbo ha condenado a la Mutua Asepeyo a abonar a un trabajador de Prosegur la prestación que le corresponde, después de haber declarado como «accidente laboral in itinere» el siniestro que sufrió cuando realizaba el trayecto desde el domicilio de su novia al lugar de trabajo.

Según informó el sindicato CCOO, «la resolución resulta novedosa, ya que los accidentes ‘in itinere’ sólo se reconocen cuando el trabajador utiliza el trayecto adecuado, es decir, el normal, usual o habitualmente utilizado». El vigilante de seguridad, que desempeñaba sus funciones en el Superpuerto de la localidad vizcaina de Zierbena, sufrió un accidente de coche cuando se dirigía desde el domicilio de su compañera sentimental a su puesto de trabajo para cubrir el turno de noche.

El accidente supuso que el trabajador estuviera de baja durante varios meses y la Mutua Asepeyo rechazó «la laboralidad» del siniestro. De esta forma, se negó a declarar el proceso de incapacidad temporal derivado del accidente de trabajo.

«Reúne todos los requisitos»

El sindicato llevó a juicio el caso de este empleado de Prosegur por los perjuicios que le causaban. En su sentencia emitida recientemente, el juez ha considerado que el accidente «reúne todos los requisitos» necesarios para tratarlo de «in itinere», ya que el trabajador había comunicado a la empresa, con anterioridad, que normalmente convivía con su compañera en un domicilio distinto al suyo.


 
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