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Gara > Idatzia > Euskal Herria 2006-06-17
«Cabe intuir que se encuentra auspiciada directamente por el entorno de Batasuna»

IRUÑEA

El juez Grande-Marlaska decretó la prohibición con dos circunstancias agravantes. Por un lado, el auto evidencia un intenso seguimiento a las actividades preparatorias de esta movilización, y ahora se explica por qué en algunas de las ruedas de prensa previas había personas de paisano que tomaban notas de la identidad de quienes accedían a ellas. Por otro, el veto se impone pese a la nítida opinión en contra del fiscal, al que al parecer Grande-Marlaska pidió opinión sólo porque la ley le obliga a ello.

Tras recibir los informes policiales, el juez esgrime cuestiones como que un miembro de Batasuna reservó el salón de un hotel para presentar la manifestación el 3 de junio, y que en la comparecencia intervinieron «dos personas relacionadas con asociaciones del entorno de la denominada ‘izquierda abertzale’». Y aunque la marcha fue notificada por un responsable de LAB, argumenta que este sindicato no ha hecho ruedas de prensa «suficientemente expresivas sobre la razón y circunstancias de la manifestación» y que, además, «ya se ha considerado en grado de seria probabilidad la instrumentalización de LAB por parte de la ilegalizada Batasuna».

La adhesión de EA el jueves pareció trastocar los planes del juez, que admite que «no lo obvia». Pero matiza que el partido de Begoña Errazti no convoca, sino sólo se adhiere. Y concluye que «cabe intuir que, independientemente de las fórmulas usadas, la manifestación se encuentra auspiciada directamente por el entorno de la ilegalizada Batasuna». Punto y final.

Con esos mismos informes policiales en la mano, el fiscal hizo una interpretación muy diferente. Defendió que no había motivo alguno para prohibir el acto porque «ni el objeto de la convocatoria, ni las pancartas ni los lemas que en principio se van a utilizar tienen naturaleza delictiva». Resaltó que «no hay constancia alguna de que la convocatoria pretende transmitir mensajes de enaltecimiento o justificación de la actividad terrorista, o de menosprecio o humillación a las víctimas». El juez no hizo caso.

La decisión, además, no da margen de tiempo para poder recurrirla ante esta instancia. El plazo es de tres días. Por eso se apeló al TSJN.


 
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