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Gara > Idatzia > Iritzia > Ezbaika 2006-07-07
Paul Ríos - Coordinador general de Lokarri (Red ciudadana por el acuerdo y la consulta)
Derecho a decidir

Antes de presentar una propuesta concreta para el ejercicio del derecho a decidir es necesario señalar unas cuestiones previas. La primera de ellas tiene que ver con la dificultad o imposibilidad de cambiar las convicciones de una persona. La sociedad vasca es plural y diversa, y existen distintas maneras de entender el pasado, el presente y el futuro de nuestra propia sociedad. Hay una discrepancia de fondo al interpretar el derecho de autodeterminación o su potencial aplicación a nuestra realidad. De hecho, no existe una coincidencia en torno a la idea de si Euskal Herria es una realidad y un sujeto político, más allá de aceptar que es un concepto cultural. La consecuencia de esta discrepancia es la falta de acuerdo al interpretar que esa realidad social, cultural y lingüística tenga derecho a decidir de un modo conjunto, unitario e independiente.

Estos disensos, que fueron señalados por la Mesa de Egino, tampoco deben ocultar o negar la existencia de unos elementos de potencial acuerdo, apuntados también por ese foro de diálogo promovido por Elkarri entre mayo de 2004 y marzo de 2006. Es destacable que hoy una inmensa mayoría de la sociedad y de los partidos políticos coinciden en el derecho de los ciudadanos a ser consultados mediante procedimientos que cuenten con un suficiente consenso democrá- tico, y a que su respuesta sea tenida en cuenta, así como en aceptar la capacidad de decidir de esta realidad plural que componen la Comunidad Autónoma Vasca, la Comunidad Foral de Navarra y e Iparralde, siempre y cuando una mayoría clara de los ciudadanos de cada uno de estos ámbitos expresase de forma también clara su voluntad de participar en un proceso de decisión concurrente.

En definitiva, acercarse a esta cuestión pensando que puedo convencer al que piensa diferente es un punto de partida equivocado. Precisamente el principal problema político que tenemos es la dificultad de armonizar las distintas perspectivas en torno al derecho a decidir. El reto es crear una definición compartida de este derecho de tal manera que nadie tenga que renunciar a sus más profundas convicciones. El objetivo de un proceso de diálogo no es convencer, sino compartir.

Etapa de un proceso de paz y normalización

El gran objetivo de un proceso de paz y normalización es lograr un acuerdo suficientemente amplio y plural. En nuestro caso, hay una apuesta por constituir una mesa de partidos donde se trabaje por dicho acuerdo. No se cierra ahí el proceso. El acuerdo que se logre debe ser ratificado por la sociedad en una consulta popular. Esto es lo deseable, aunque también hay un acuerdo inevitable, que sería aquel en el que fuese la propia sociedad la que tuviera que pronunciarse directamente ante un desacuerdo infinito de los partidos políticos o un deterioro imparable de la situación. Esta es una primera aplicación del derecho a decidir en nuestra sociedad. Lo podríamos traducir como el derecho que tiene nuestra sociedad a ser consultada sobre un acuerdo político de normalización y mejora de la convivencia. Pero, a juicio de Lokarri, este derecho va más allá, ya que consideramos que en el caso de que no sea posible ese acuerdo entre las fuerzas políticas, debe ser la propia ciudadanía la que tenga la posibilidad de desbloquear la situación expresando de una manera clara y directa su parecer.

Esta concepción del derecho a decidir tiene como objetivo una mayor integración social y debe concebirse como la libertad permanente que tiene la sociedad vasca para ampliar, mejorar o modificar los consensos básicos sobre su convivencia socio-política, mediante un proceso de diálogo y acuerdo político que pueda desarrollarse sin cortapisas y sin exclusiones, y como la facultad de contrastar socialmente los resultados de ese proceso mediante consulta democrática.

Este planteamiento supone superar el esquema «derecho a decidir es igual a consulta popular», a otro en el que el derecho a decidir sea igual a acuerdo plural y a consulta popular.

Clave de un acuerdo de normalización

Una vez planteado el derecho a decidir entendido como parte de un proceso de paz y normalización, hay que tratar la cuestión del derecho a decidir como parte de un acuerdo. A nadie se nos escapa que uno de los temas a tratar en una mesa de partidos es la definición y el alcance del derecho a decidir que asiste a la sociedad vasca. Repitiendo lo dicho anteriormente, hay que definir el derecho de los ciudadanos a ser consultados mediante procedimientos que cuenten con un suficiente consenso democrático, de tal manera que su respuesta sea tenida en cuenta. Concretamente, la definición de este derecho a decidir tiene que responder a tres principios: 1) viabilidad, 2) legitimidad, y 3) legalidad.

Todo proceso de diálogo se enfrenta antes de su inicio a su viabilidad. En nuestro caso, esta viabilidad se concreta en si el diálogo entre los partidos políticos podrá superar el escollo al que siempre se ha enfrentado la definición de nuestro status político.

Hasta ahora hemos sido incapaces de resolver la ecuación y conjugar el derecho de nuestra sociedad a decidir, y a que sea respetada la voluntad popular democráticamente expresada, con la necesidad de llegar a acuerdos plurales y con el respeto a los procedimientos legales. Por poner un ejemplo, en la declaración efectuada por el Presidente Zapatero se puede observar claramente esta dificultad, ya que el propio Zapatero habla de respetar lo que decidan los vascos, a través de un acuerdo que recoja toda la pluralidad de la sociedad vasca y con sujeción a la legalidad y respeto a las normas y procedimientos legales. Por tanto, es necesario definir un camino transitable para todos que permita superar ese nudo político.

Una propuesta concreta para desentrañar este nudo consiste en encontrar una fuente de legitimidad al derecho a decidir que esté en el propio ordenamiento jurídico. También se puede buscar una fuente de legitimidad externa, pero dada la pluralidad y la falta de consenso, esta vía presenta muchos problemas. Si todos aceptásemos que Euskal Herria es un sujeto político este problema desaparecería, pero tampoco habría conflicto y este proceso no sería necesario.

Así, si queremos encontrar un camino transitable, una opción es buscarla en lo que tenemos, sin que ello suponga, por supuesto, aceptar de facto el actual marco, pero tampoco rechazarlo.

Quizá se trate de una solución posibilista, pero es eficaz. Concretamente, esta legitimidad se puede encontrar en los derechos históricos recogidos en la Constitución, el Estatuto de Gernika y el Amejoramiento del Fuero, y que representan el reconocimiento de la singularidad de las comunidades de raíz foral y que pueden actualizarse. Así, el derecho a decidir puede encontrar una legitimación en los derechos históricos, siempre y cuando se encauce mediante el acuerdo, que es una característica fundamental de dichos derechos.

El derecho a decidir, además de viabilidad y legitimidad para su definición, también necesita responder al principio de legalidad, es decir, este derecho a decidir tiene que ser consagrado por la legalidad vigente. En caso contrario, se cae en la indefinición tanto para ejercerlo en la práctica, como para normativizar sus resultados (que sean eficaces jurídicamente). Hay que buscar un encaje legal. La Mesa de Egino proponía que se reconociese el derecho a decidir mediante una Convención constitucional (esto es, un acuerdo en virtud del cual se interpreta la letra de la Constitución, de modo que, sin el rango de la misma, forma parte del cuerpo normativo) y que se plasmase en una ley de consulta popular en los Parlamentos Vasco y de Navarra.

Esta ley de consulta popular recogería el procedimiento de convocatoria de las consultas y de formulación de las preguntas, así como las mayorías necesarias para su convocatoria y para estimar su resultado favorable o desfavorable tanto en el cómputo global como en función del índice de participación. También propone la Mesa de Egino que, por su carácter de regla básica del juego político, esta ley debería aprobarse por una mayoría cualificada, deseablemente de carácter transversal y plural, que supere tanto en el Parlamento Vasco como en el Parlamento de Navarra una eventual división del voto parlamentario entre las dos principales tradiciones políticas.

Esta propuesta podrá despertar mayores o menores entusiasmos, pero tiene la gran virtud de responder a los tres principios o necesidades anteriormente señalados, viabilidad, legitimidad y legalidad. Otras propuestas, ideas o aspiraciones son legítimas e irrenunciables, pero la necesidad de encontrar un marco básico de convivencia nos obliga y nos invita a utilizar la imaginación jurídica, de tal manera que seamos capaces de generar una igualdad de condiciones para que todos los proyectos políticos se puedan desarrollar de manera pacífica y democrática. -


 
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