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La precampaña irá acompañada de un tortuoso camino judicial

Iñaki IRIONDO

La Ley de Partidos va a volver a ser, una vez más, origen de un sinfín de contratiempos y problemas técnicos y jurídicos (amén del evidente déficit democrático) en las próximas semanas, dado que el Estado ha volcado su afán inquisidor sobre el partido Abertzale Sozialisten Batasuna, decenas de agrupaciones electorales y también sobre ANV.

Ante la constatación del galimatías que ha comenzado a formarse -y al que interesadamente contribuyen algunos medios hablando de candidaturas «contaminadas» por las razones más peregrinas- conviene ir aclarando algunos conceptos.

Una primera incógnita la despejó ayer la Sala del 61 del Tribunal Supremo con su decisión de celebrar una vista pública el 16 de mayo, en plena camapaña. ASB no estará presente en las elecciones. De hecho, no lo estaba. Pero tampoco será oficialmente ilegal. Se encontrará en una especie de limbo jurídico o, si se prefiere, de purgatorio. Por lo tanto, serán las candidaturas populares y las de ANV las que centren toda la atención de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

¿Cuándo se pueden impugnar?

Los boletines oficiales de cada herrialde publicarán hoy las candidaturas que han sido aceptadas que, en principio, serán todas las que se han presentado pues no consta que ninguna haya sido rechazada, como ocurrió en las autonómicas de 2005 con Batasuna. El viernes, las juntas electorales de zona deben comunicar a las candidaturas si han apreciado algún tipo de irregularidad en sus listas -normalmente son cuestiones técnicas- y tendrían de plazo el sábado y domingo para subsanarlas. El lunes se hará la proclamación oficial de candidaturas y el martes, Primero de Mayo, se publicarán nuevamente en los boletines.

Es a partir de entonces, los días 2 y 3 de mayo, cuando se pueden recurrir las candidaturas.

Los tribunales tienen de plazo hasta el 5 de mayo de mayo para dictar sus resoluciones.

La decisión judicial puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional hasta el 7 de mayo, y éste habrá de adoptar una resolución definitiva antes de que el 11 de mayo comience la campaña electoral.

¿Quién puede recurrir la proclamación de una candidatura?

En principio pueden hacerlo la Fiscalía y la Abogacía del Estado y cualquier otra candidatura que concurra a las elecciones. El PP ha anunciado que cotejará las candidaturas que hoy publiquen los boletines con sus propias bases de datos (¿legales?) y actuará ante los tribunales.

En estos días se ha hablado mucho -y se hablará todavía- sobre la composición de las listas de las agrupaciones independentistas, sobre su limpieza o contaminación, sobre la presencia de mahaikides... Pero todo esto son, sobre todo, entretenimientos cargados de intencionalidad política pero jurídicamente inocuos. Aukera Guztiak presentó en 2005 candidaturas «limpias del todo», y el Tribunal Supremo las ilegalizó y el Constitucional avaló tal decisión, por entender que estaba probado por otros elementos que eran un intento de defraudar la Ley.

Aunque resulte contradictorio con otros pronunciamientos de la propia Fiscalía sobre los derechos intactos de los dirigentes de partidos ilegalizados, lo más probable es que a los representantes del Estado les baste decir que las candidaturas son promovidas por quienes conformaron Batasuna para intentar echar a la basura la apuesta de nada menos que 82.500 personas.

Se ha publicado que hasta 200 guardias civiles trabajan en la búsqueda e identificación de candidatos que haya pertenecido con anterioridad a listas de la izquierda abertzale. La Asociación Europea de Abogados Demócratas ha denunciado ya esta práctica, por lo que supone de la existencia de archivos con datos políticos sobre la ciudadanía como por la conculcación del derecho de sufragio para miles de personas.

Pero, ¿que ocurre si en las listas de ANV figuran candidatos de HB o EH? No debiera ocurrir nada. En primer lugar, porque esas personas no tienen restringidos su derecho a votar y ser votados. Pero, además, tampoco puede olvidarse de que ANV formó parte de HB hasta que se desligó en 2001 en el proceso Batasuna, como hizo Aralar. Por lo tanto, no extraño encontrar candidatos de HB o EH ni en ANV ni en Aralar. ¿Se imaginan qué ocurriría si cualquier otra candidatura impugnara las listas de Aralar -en solitario o en coalición con EB o Nafarroa Bai- por la presencia en sus listas de candidatos o dirigentes de HB y EH?

Por otra parte, es constatable que tanto PP como PSOE presentan docenas de listas «contaminadas» por la presencia de cargos públicos imputados en diversas causas judiciales, la inmensa mayoría de ellas, por cierto, relacionadas con su trabajo público.

Fiscales, abogados y jueces van a estar atareados en las próximas semanas. Sin embargo, persiste la convicción de que los criterios políticos primaran sobre los jurídicos, aunque la habilidad de los letrados abertzales puede hacer cambiar el terreno de juego inicialmente previsto por el Estado.

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