explotaciÓn sexual en LA RED
La pornografía infantil se ha disparado con el uso de internet
La reciente detención de 66 personas, entre ellas seis vascos, con 48 millones de imágenes de pornografía infantil ha vuelto a poner de relieve la magnitud de esta lacra. En este reportaje, GARA ha despiezado cada uno de los elementos de la noticia y los ha analizado y desarrollado con la ayuda de una especialista.
Iñaki VIGOR
En la operación «Penalty» la Policía ha investigado 5.000 descargas por internet realizadas en el Estado español a través de servidores situados en Alemania. Entre los efectos intervenidos figuran 89 discos duros, 16 ordenadores portátiles, 226 disquetes, dos teléfonos móviles y una cámara digital, además de documentación y fotografías de carácter pedófilo.
En los últimos años la pornografía ha adquirido una dimensión mundial debido al gran desarrollo de internet. En el año 2002 se estimaba que había en la red en torno a cuatro millones de páginas web dedicadas a la pornografía infantil y que cada día se creaban 500 sitios nuevos. En total, recibían más de 2.000 millones de visitas anuales, lo que generaban cada mes unos beneficios de 960 millones de euros en todo el mundo.
En la actualidad resulta prácticamente imposible calcular el tráfico de pornografía infantil que se mueve a través de internet y los beneficios que genera esta práctica, ya que los sistemas de distribución de fotografías y vídeos han evolucionado y han cambiado de formato en estos últimos años.
«Antes, cuando alguien quería acceder a pornografía infantil, la buscaba en páginas web. Pero hoy en día, desde que se han puesto de moda los programas para compartir archivos, los consumidores ya no suelen recurrir a páginas web, sino que transmiten y reciben material de otros usuarios. Es decir, el interesado contacta con otra persona que posee material pornográfico en su propio equipo informático». Así lo explica Izaskun Alonso, directora de Comunicación y Marketing de Anesvad y especializada en pornografía infantil en la red.
A su juicio, el salto cualitativo y cuantitativo que se ha dado mediante los programas de archivos compartidos (P2P, Kazaa o la red Gnutella) es muy importante, porque ya no se requiere buscar páginas web y navegar por ellas. Los usuarios interesados pueden acceder al material que otros tienen en sus discos duros, como si se tratase de una enorme base de datos. De esta forma no pueden ser localizados, ya que no hay identidades individualizadas, sólo equipos que comparten información.
Una de las personas a las que se intervinieron los archivos con vídeos y fotografías tenía en 21 discos duros externos, la mayor cantidad de este tipo de material detectado hasta el momento a una sola persona. La Policía alemana facilitó información sobre varios foros de contenido pedófilo donde se podían acceder a fotos y vídeos de menores siendo víctimas de abusos y vejaciones.
A los investigadores de esta operación les ha llamado la atención la ingente cantidad de fotografías y vídeos pornográficos, lo que revela los nuevos métodos utilizados por las personas que comparten estas prácticas. «Si una persona quiere recibir pornografía infantil de otra, lo habitual suele ser que a su vez le exijan enviar material pornográfico novedoso. Eso hace que, a menudo, las personas que están buscando este tipo de pornografía se conviertan también en distribuidores e incluso en productores de este material», informa Izaskun Alonso.
Internet no sólo permite el envío de fotografías o vídeos de una punta a otra del mundo en cuestión de segundos sin correr el riesgo de pasar aduanas o controles policiales, sino que también facilita el contacto entre pedófilos (quienes sienten atracción hacia los menores) o pederastas (quienes cometen abusos sexuales con menores). La existencia de chats y comunidades específicas facilita incluso el contacto directo con menores para realizar prácticas sexuales.
Internet es un medio que evoluciona casi a diario y constantemente aparecen nuevas formas de comunicación, programas y modos de intercambio de archivos que amplían las posibilidades de los usuarios. La creación de zonas específicas dedicadas a las más diversas aficiones permite al usuario publicar áreas de pornografía infantil. Son sitios en los que el administrador puede restringir la entrada de usuarios, lo que dificulta que se puedan localizar los contenidos ilegales.
En los últimos años también se han ido introduciendo cambios en el tipo de material que se produce y distribuye. Así, entre las prácticas habituales se encuentran la pornografía técnica, la seudopornografía y las representaciones sexuales de menores en actitudes sexuales.
Gracias a la alteración de imágenes que permiten los ordenadores, se modifica la figura de adultos que participan en actos de contenido sexual para que parezcan menores de edad. Es lo que se llama pornografía infantil técnica, que no utiliza menores reales pero que contribuye a fomentar el consumo de pornografía infantil.
El caso de la seudopornografía infantil es muy similar, y consiste en realizar fotomontajes con imágenes de menores realizando escenas sexuales, como por ejemplo colocar la cara de un menor sobre la imagen de un adulto, o añadir la fotografía de un niño o niña en una escena de sexo. En estos casos se suelen incorporar imágenes de menores reales, tanto chicas como chicos.
Desde hace pocos años una práctica habitual es la llamada pornografía virtual, que consiste en crear contenidos sexuales con imágenes no reales, tales como dibujos, animaciones o infografías. Se trata de la creación de imágenes no reales de menores realizando actos sexuales, es decir, de fantasías hechas realidad virtualmente. Esta práctica sigue suscitando un profundo debate jurídico y genera problemas a la hora de tipificarla o no como delito. En EEUU se produjo el primer proceso judicial de estas características y la magistratura estadounidense declaró legal este tipo de pornografía virtual, invocando la libertad de expresión.
La operación «Penalty» fue realizada por la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la UDEF Central en colaboración con las Brigadas Provinciales de Policía Judicial en el Estado español.
La implicación de las policías judiciales en la persecución de estos delitos suele ser habitual, quizás porque tienen un mejor conocimiento de lo que es penalmente perseguible y lo que no lo es. Sin duda, las cuestiones legales son las más polémicas a la hora de abordar esta cuestión, sobre todo por los vacíos existentes y por la ausencia de unificación legislativa entre los diversos estados. El informe de Anesvad de 2002 ya recogía que la pornografía infantil se había convertido en el problema que más preocupaba a los internautas, por encima de los virus, la falta de seguridad, la lentitud de la red o la posibilidad de ser espiado. Las asociaciones de internautas siguen reclamando leyes unificadas para evitar que la red sea utilizada para este tipo de prácticas.
¿Y cómo está la situación legal hoy en día? En el Estado español se considera delito la producción, distribución y posesión de material pornográfico infantil, pero no la consulta o acceso a este material. «Es decir, si una persona está navegando por internet, accede a páginas de pornografía infantil y consulta esas imágenes, no es delito», comenta Izaskun Alonso, al tiempo que precisa que en otros lugares, como Alemania o el Estado francés, se considera delictivo incluso la consulta de imágenes.
Además, lamenta que en el Estado español tampoco es delito la apología o incitación al consumo de pornografía infantil. Precisamente, y a modo de denuncia, Anesvad puso en marcha a comienzos de este año la campaña denominada «Chiquitina». Consistía en crear una web en internet a través de la que, supuestamente, se podía comprar una muñeca hinchable que representaba a una niña de 12 años. La web estuvo activada durante tres meses y en este tiempo se recogieron diversos datos sobre los consumidores de pornografía infantil. En total, hubo 1.981 visitas a esta página y 168 personas respondieron a las preguntas planteadas en la misma. El 78% de ellas mostró interés en adquirir esta muñeca hinchable, bien porque le daba «mucho morbo», porque era «algo diferente», porque es «una forma fácil y legal de tener sexo con una menor» o porque quería «probar algo nuevo». El 14% de esas personas reconoció haber tenido alguna vez relaciones sexuales con un menor, el 24% se mostraba dispuesto a tenerlas y el 100% aseguraba que volvería a abusar sexualmente de un chico o chica.
«Puede parecer que este tipo de productos no hacen daño a nadie, que el sexo con un menor se entienda como algo normal o que se generalicen ciertas conductas que son ilegales. Pero hay que tener en cuenta que, detrás de todo eso, existen millones de niños y niñas que sufren abusos», señala Izaskun Alonso, al tiempo que recuerda los esfuerzos de Anesvad para que estas prácticas sean tipificadas como delitos y se endurezcan las penas, que en general suelen ser de tres o cuatro años de cárcel.
El hecho de que Internet no tenga fronteras dificulta la regulación legal de este tema en el ámbito internacional, ya que una persona puede compartir material pornográfico con otra que vive en sus antípodas. Los pedófilos se aprovechan de estos vacíos legales para intentar evadir la persecución policial y judicial, lo que deja a los menores en situación de indefensión.
Por ejemplo, si la legislación de un país entiende que el niño ha llegado a la edad en la que puede dar su consentimiento en materia sexual, su participación en pornografía no sería punible. En Australia la legislación sobre pornografía infantil sólo se refiere a edades inferiores a 16 años, y en algunas jurisdicciones de Estados Unidos a partir de los 15 años los menores pueden consentir legalmente mantener relaciones sexuales con adultos. No es casualidad que, durante los últimos años, la mayoría de los sitios con pornografía infantil se encontrasen en servidores de países donde la legislación es mucho más permisiva con los menores.
Para intentar cubrir estas lagunas se han ido dando pasos en el ámbito internacional. En 1997 el Consejo de la Unión Europea aprobó una resolución sobre contenidos ilícitos en la red, que constituyó el punto de partida de las iniciativas emprendidas por los países miembros. Un año después se celebró en Lyon un encuentro internacional de expertos en el que se efectuaron una serie de recomendaciones para combatir la difusión de contenidos sexuales con menores.
Las propuestas más relevantes fueron que las legislaciones estatales incriminen la producción, distribución, comunicación, importación, exportación y posesión de pornografía infantil, así como el desarrollo de programas similares a los antivirus, de forma que permitan filtrar o bloquear la pornografía infantil en Internet a través de los proveedores de servicio.
En mayo de 2000 el Protocolo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de menores en la pornografía prohibió la producción, distribución, divulgación, importación, exportación, ofrecimiento, venta o posesión de material pornográfico en el que se utilicen niñas o niños.
En esa misma fecha, el Consejo de la UE pidió a los estados miembros que tomen medidas destinadas a promover las denuncias sobre la difusión de material sexual con menores en la red y perseguir este tipo de delitos mediante unidades policiales especializadas. En la actualidad, es básicamente la Interpol la que se encarga de este trabajo.
En febrero de 2001 una Decisión marco de la Comisión de la UE estableció que, de acuerdo con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, el término «niño» es aplicable a cualquier menor de 18 años, a no ser que la legislación de cada estado miembro determine lo contrario.
También estableció que la pena máxima de privación de libertad por esos actos no sea inferior a cuatro años, y si se dan circunstancias agravantes que aumenten el carácter cruel del delito (edad inferior a 10 años, menosprecio de la salud, la integridad física y mental de la víctima, etc.) especifica que la prisión no será inferior a ocho años. En octubre de 2002 los ministros de Justicia e Interior de la UE establecieron penas privativas de libertad con una duración máxima de cinco a diez años.
Las primeras investigaciones se iniciaron en setiembre de 2006.
A pesar del refuerzo de la colaboración internacional para perseguir este tipo de delitos, la investigación suele resultar muy problemática. Una vez localizadas las imágenes, éstas son retiradas de la red, pero lo realmente difícil es localizar el foco desde el que se han distribuido. De hecho, la operación «Penalty» se inició en setiembre de 2006, lo que significa que las policías de diversos países han tardado diez meses en arrestar a los 66 implicados en esta práctica delictiva, y otros 19 aún no han sido detenidos. La operación comenzó cuando la Policía alemana facilitó información a la española sobre varios foros de contenido pedófilo, en los que se podía acceder a fotos y vídeos de menores siendo víctimas de abusos y vejaciones.
«Es importante que las personas que navegan por la red y encuentran este tipo de material lo denuncien e informen sobre dónde lo han visto y cómo se llama el archivo. Cuando nosotros localizamos este tipo de pornografía, solemos informar a la Brigada de Delitos Informáticos, y ella se encarga de hacer un seguimiento para intentar localizar dónde se encuentran. Las asociaciones de usuarios de internet también suelen implicarse en denunciar este tipo de prácticas y hacen muchísima presión para que esto se regule, para que haya una red limpia que beneficie a todos, porque este tipo de delitos lo que hace es ensuciar la red», informa esta integrante de Anesvad.
Un dato significativo sobre la proliferación de pornografía infantil en Internet es que, sólo en el Estado español, la brigada de investigación tecnológica recibe cada año más de 7.000 denuncias de internautas.
Entre las profesiones de los arrestados figuran la de profesor, sicólogo, arquitecto, procurador, médico, celador y entrenador infantil, trabajador de un centro de discapacitados o conserje de instituto.
Otro dato que llama la atención entre los 66 arrestados en la operación «Penalty» son sus profesiones. «Las personas que trafican con este tipo de materiales trabajan en cualquier ámbito profesional, de cualquir nivel económico, y muchas veces tienen acceso o contacto directo con niños y niñas», advierte Izaskun Alonso.
Según el informe realizado por la ONG en la que trabaja, el perfil del consumidor de pornografía infantil es el siguiente: «Varón de unos 35 años, que reside en zonas urbanas, con estudios superiores y nivel económico medio-alto». No obstante, entre los productores y distribuidores también suele haber mujeres, porque las personas que realizan esta labor no siempre son adictos a la pornografía infantil, sino que hay quien lo hace por afán de lucro. «Simplemente, ven que la producción y distribución de materiales produce un beneficio económico importante y se dedican a ello. Esta actividad reporta grandes beneficios; si no fuese así, el volumen de material pornográfico bajaría muchísimo», estima Alonso.
Está constatado que la mayoría de los adictos a la pornografía infantil son personas que han perdido el interés por la pornografía adulta, buscan algo que les excite más y encuentran morbo en que los protagonistas sean menores. Cuando la excitación con los adultos pierde intensidad, necesitan algo nuevo, lo que les lleva a buscar contenidos más hardcore, como violaciones, zoofilia o pornografía infantil.
En lo que se refiere a las víctimas, los menores utilizados son tanto chicos como chicas. «Hay de todo, desde bebés hasta menores de 17 años. En Internet hay mucho material pornográfico de niños de sólo unos meses de vida», indica la directora de Comunicación y Marketing de Anesvad.
En un principio, la mayoría de los menores utilizados para elaborar contenidos sexuales provenían del Sudeste asiático (Tailandia, Filipinas, Camboya, Vietnam...). Esta práctica se amplió después a países del Este de Europa (Rusia, Ucrania, Rumanía...) y América del Centro y del Sur (México, República Dominicada, Ecuador...). En la actualidad, se cree que el Estado español se está convirtiendo en uno de los principales productores del mundo.
Una cuestión a tener en cuenta es que los menores que caen en las redes de producción de pornografía infantil sufren importantes trastornos sicológicos que afectan seriamente a su comportamiento en todos los ámbitos, y en ocasiones las secuelas suelen ser de por vida.
El profesor detenido en Avilés por poseer entre ocho y diez millones de fotografías de contenido pederasta se suicidó en la ría del municipio asturiano sólo un día después de su arresto.
Desde el punto de vista sicológico, los adictos a la pornografía infantil sienten una necesidad imperiosa de consumir este material pero, al igual que ocurre en otras adicciones, suelen negar sistemáticamente su problema. Los buscadores de estas imágenes con menores no perciben la presión policial y no sienten que ellos mismos puedan ser perseguidos, porque piensan que no dejan ningún tipo de dato cuando están en esos sitios. Creen que son anónimos y que no podrán ser identificados ni localizados.
Conforme crece su adicción, la mayoría de estas personas desean tener un contacto directo y real con menores. El consumo de imágenes termina por no ser suficiente, por lo que la pretensión de mantener relaciones sexuales con menores es el siguiente paso. Se estima que el 30% de los adictos termina poniendo en práctica lo que ve en los contenidos a los que está habituado.
De apariencia normal, muestran escasa simpatía hacia otras personas, son incapaces de seducir a adultos, son insensibles, tienen problemas de socialización y no suelen reconocer los hechos ni asumen su responsabilidad. En ocasiones, cuando son descubiertos deciden acabar con su vida, como ha ocurrido en esta ocasión.
Aunque parezca sencilla, la definición de pornografía infantil es compleja, porque depende de múltiples variables culturales y morales, de las diferentes pautas de comportamiento sexual que tiene cada sociedad, de las diversas confesiones religiosas, etc. Estos factores influyen también a la hora de elaborar las legislaciones de cada estado y también las normativas internacionales.
El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de menores en pornografía entiende por pornografía infantil «toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales». Por su parte, el Consejo de Europa la define como «cualquier material audiovisual que utiliza niños en un contexto sexual».
Anesvad surgió en 1968 en Bilbo y lleva trabajando contra la explotación sexual de menores desde 1995. En el año 2000 asumió el reto de luchar contra los contenidos de sexo con menores en Internet, al descubrir que este medio favorece la divulgación masiva de pornografía infantil y, por ende, el abuso sexual de menores. En 2002 publicó un amplio informe sobre esta práctica, en años sucesivos ha puesto en marcha varias campañas para concienciar a la población de los abusos que genera a millones de menores, y antes de finalizar 2007 tiene previsto publicar un nuevo informe para actualizar el anterior. «La red se mueve muy rápida y ya es hora de ponerlo al día», anuncia Izaskun Alonso.
Al margen de Anesvad, que es una de las pocas ONG que trabajan en este tema, en Euskal Herria no hay ninguna asociación que se dedique en exclusiva a denunciar la pornografía infantil en Internet.