El TSJPV critica al vocero de la APM por opinar de lo que quizá deba juzgar
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha reprochado a uno de sus componentes, el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Antonio García, que haga declaraciones públicas, aunque sea en nombre de su colectivo, sobre cuestiones que luego puede tocarle juzgar. La crítica se incluye en el auto en el que se acepta su abstención para tratar una denuncia de Manos Limpias que finalmente ha sido rechazada.
Iñaki IRIONDO |
La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV aprovechó el auto en el que aceptaba la abstención del magistrado Antonio García en un caso, para reprocharle que haga declaraciones públicas, en nombre de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), sobre causas que después puede verse obligado a juzgar.
La Sala debía emitir un auto sobre la aceptación o no de una denuncia del sindicato ultraderechista Manos Limpias contra Juan José Ibarretxe, al que acusaban, por el anuncio de la convocatoria de una consulta, de delitos contra las instituciones del Estado, por usurpación de atribuciones, y un delito contra la Constitución.
La denuncia no ha sido admitida por carecer «del más mínimo rigor», «sobrepasar de forma manifiesta los límites del prudente ejercicio de las acciones penales y entrañar un manifiesto abuso de derecho»
Antonio García debía formar parte de la Sala que tomó la decisión, pero solicitó abstenerse porque, «a instancias de algunos medios de comunicación que reclamaban mi parecer como portavoz nacional» de la Asociación Profesional de la Magistratura, había opinado públicamente sobre la posible convocatoria de una consulta por parte del lehendakari. Antonio García había dicho ante la prensa que «la actuación [de Juan José Ibarretxe] en contra de lo establecido por la Constitución y la Ley amén de antijurídica resultaría ilegítima al desarrollarse fuera del marco legalmente establecido».
«Deber de reserva»
La Sala de lo Civil y Penal, presidida por Fernando Luis Ruiz Piñeiro y compuesta por Nekane Bolado, Roberto Saiz y José Antonio Subinas, acepta la petición de abstención en el caso, recordando explícitamente que ello no significa una declaración de que el juez sea parcial, sino la aplicación de una garantía recogida en la ley.
Pero inmediatamente después viene el reproche. La Sala le dice a Antonio García que el hecho de que las declaraciones las realizara como portavoz de la APM «no excluye la inconveniencia de que tales manifestaciones se hayan realizado» y refleja «la inidoneidad del juez o tribunal que así se conduce». Le explica que al juez se le «impone un específico deber de reserva que les impide anticipar opiniones sobre lo que puede ser el objeto de enjuiciamiento», puesto que, como ha ocurrido en esta ocasión, el caso le puede ser asignado, teniendo que tomar decisiones sobre aquello de lo que ha opinado en público».
No obstante, uno de los miembros de la Sala, Roberto Saiz, firmó un voto particular en el que considera innecesario incluir el mencionado reproche dentro del auto. Entiende que es algo que entra «dentro del ámbito de lo deontológico y/o admonitorio», y que el ordenamiento jurídico ya contempla los mecanismos correctores «a los que el abstenido se ha sometido con la mayor diligencia.
Precisamente, Roberto Saiz es el instructor del caso contra el lehendakari y dirigentes del PSE y la izquierda abertzale, mientras que Antonio García es uno de los magistrados recusados por la defensa de Ibarretxe -al igual que el presidente, Fernando Ruiz Piñeiro- por otras declaraciones en las que avanzaban su opinión sobre el diálogo entre representantes políticos.
La Sala le dice a Antonio García que el haber hablado como portavoz de la APM «no excluye» ni «la inconveniencia» de haber hecho las declaraciones ni «la evidencia de la inidoneidad del juez que así se conduce».
Entre los firmantes del auto está el presidente de la Sala, Fernando Ruiz Piñeiro, que ha sido recusado en otro caso contra dirigentes políticos e institucionales por sus declaraciones sobre casos que puede juzgar.