Javi Ruiz Miembro de Trebiņu Batu
Trebiņu no muga con Castilla
La población trebiñesa dio un ejemplo de cómo resolver democráticamente los conflictos colectivos en la consulta popular que se llevó a cabo el 8 de marzo de 1998
En las últimas semanas se ha aprobado en las instituciones parlamentarias del Reino de España (nunca llegaré a entender el cinismo orgánico) la última reforma del denominado Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Esta ley ha estado consensuada de principio a fin entre el PSOE y el PP, mientras que en el resto del Reino se tiraban a dar con todo lo que tenían entre manos.
Según las declaraciones de algunos políticos castellanos y de algunos vascos, el nuevo texto blinda el territorio de esa comunidad e impide cambios como el del enclave de Trebiñu. Pero si leemos los textos del anterior Estatuto y los del reformado en lo que se refiere a la segregación de enclaves, el apartado 3 de la disposición transitoria séptima del primero se ha transformado en la tercera del consensuado entre partidos dominantes, y su contenido es idéntico palabra por palabra.
Es el mismo texto que no pudo impedir que en 1998 los dos ayuntamientos del enclave trebiñés solicitasen la segregación administrativa de Burgos y la integración administrativa en Araba. A lo que la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Burgos respondieron con un informe que, según el Estatuto castellano, debería emitir «a la vista de las mayores vinculaciones históricas, sociales, culturales y económicas con la Comunidad a la que se solicite la incorporación». Ese informe venía a decir que esas vinculaciones eran mayores con la Comunidad castellana y la provincia de Burgos que con la comunidad Vasca y la provincia alavesa. Es decir, que abusaron de su poder mintiendo escandalosamente.
Hace unos cuatro años que se editó un informe de las vinculaciones históricas, culturales, sociales, económicas de Trebiñu y Araba, financiado por la Diputación Foral de Alava, que entonces gobernaba el PP. En ese informe, realizado por la Asociación de Historia contemporánea Valentín de Foronda, se podía comprobar con datos que esas mayores vinculaciones lo eran con el territorio alavés y vasco y no con Burgos y Castilla.
Ni antes ni ahora el texto del Estatuto de Autonomía castellano, ni otros textos legales, impiden a la población trebiñesa su adscripción administrativa colectiva a las instituciones alavesa y vasca. El impedimento hay que buscarlo en los intersticios del conflicto vasco.
En el contencioso trebiñés las fuerzas políticas se dividen territorialmente y no por ideologías. Todos los partidos políticos alaveses y vascos reivindican o aspiran a la integración administrativa de Trebiñu en las institu- ciones alavesas y vascas. Todos los partidos políticos burgaleses y castellanos hacen causa común para impedir que se cumpla la voluntad popular de la inmensa mayoría de la población trebiñesa y de todos los partidos políticos alaveses y vascos.
La población trebiñesa dio un ejemplo de cómo resolver democráticamente los conflictos colectivos en la consulta popular largamente discutida, pactada durante meses y que se llevó a cabo en el municipio del Condado de Trebiñu el 8 de marzo de 1998.
El día que los partidos políticos y quienes los dirigen alcancen la madurez que demostró entonces la población trebiñesa, podremos superar contenciosos tan actuales como el que tiene que sufrir a diario la población trebiñesa o como el que padecemos los vascos.
Mientras van madurando no estaría de más que los partidos políticos de aquí explicasen por qué hay una Ponencia sobre Trebiñu congelada en el Parlamento de Gasteiz o por qué no se le cobra a la Administración castellana los costes de los muchos servicios que presta a la población trebiñesa la Administración vasca. Por ejemplo.