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Multa de 10.000 euros al Ayuntamiento bilbaino por el ruido en la limpieza

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El Tribunal Supremo (TS) español ha confirmado que el Consistorio de Bilbo tiene que indemnizar con 10.000 euros a un vecino por soportar durante más de dos años ruidos provocados por las labores de limpieza en horario nocturno en las inmediaciones de su domicilio.

Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por el Consistorio contra la dictada en 2003 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El TSJPV, además de condenar al Ayuntamiento a indemnizarle, le obligó al cese de las labores de limpieza en horario nocturno mediante camión baldeadora y máquinas barredoras en el entorno de su vivienda. El servicio de limpieza viaria se realizaba todos los domingos desde las 06.30 hasta las 8-8.30 en la calle Doctor Areilza.

El TSJPV consideró que se había producido una vulneración del derecho a la intimidad y consideró prudencial los 10.000 euros solicitados habida cuenta de que los perjuicios se sufrieron sólo unas horas, pero durante más de dos años, lo que confirma el Supremo español.

El TS argumenta que «es evidente que la persistencia durante dos años de estos ruidos periódicos, siguiendo lo dicho por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, puede producir al ser humano un estado de crispación que a todas luces le altera psíquicamente con obvias repercusiones físicas».

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