Numerosos actores e intereses esperan la sentencia
GARA | GASTEIZ
El Tribunal de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, deberá decidir hoy sobre la capacidad de las diputaciones vascas de establecer normas fiscales diferentes a las del Estado español, una capacidad recogida en el Concierto Económico, pero limitada ya que, debe mantener una presión fiscal general homogénea con el Estado español. El caso que se decide hoy se centra en el Impuesto de Sociedades que pagan las empresas por sus beneficios. Hasta ahora, ha sido utilizado por las diputaciones para imponer rebajas fiscales a las empresas con tipos inferiores a los del Estado español. La posibilidad de una política fiscal propia y desvinculada a la del Estado está lejos de la competencia reconocida por el Concierto, pero los recursos impuestos desde La Rioja y Castilla y León han ido poniendo en cuestión incluso esa capacidad.
El TSJPV
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) lleva el caso a Luxemburgo.
El caso sobre la fiscalidad vasca llegó al Tribunal de la UE mediante una cuestión prejudicial -una consulta vinculante- realizada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en setiembre de 2006. Este Tribunal, que lleva años decidiendo sobre recursos contra el Impuesto de Sociedades de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, decidió intentar zanjar la cuestión preguntando a Luxemburgo. Su criterio prevalecerá sobre la que haya podido establecer los tribunales españoles hasta la fecha.
El Supremo
El Tribunal Supremo anuló en 2005 el Impuesto de Sociedades de la CAV.
En 2005, el Tribunal Supremo anuló el tipo del 32,5% del Impuesto de Sociedades aprobado en la CAV frente al 35% del resto del Estado, al estimar que constituía una ayuda de Estado ilegal, incompatible con la normativa comunitaria. Las comunidades de La Rioja y Castilla y León habían recurrido ese impuesto al considerarse perjudicadas por un territorio limítrofe.
Consecuencias
Una sentencia desfavorable daría al traste con el actual sistema fiscal.
Una decisión favorable a las diputaciones vascas del Tribunal europeo puede despejar de forma definitiva la posibilidad de aprobar un impuesto diferente sin que las diputaciones estén pendientes de recursos, pero una sentencia negativa podría dar al traste con la escasa capacidad de dictar normas fiscales que otorga el Concierto Económico.
Desde desde las instituciones vascas se considera esta posibilidad como un ataque hacia el autogobierno, mientras las comunidades de La Rioja y Castilla-León, que son las que recurren las normas a los tribunales, consideran que favorecen la marcha de empresas que se localizan en sus territorios a Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
Aunque estas comunidades no han recurrido las normas fiscales navarras, el criterio que marque la sentencia del Tribunal de la UE afectará también a Nafarroa.
En contra
La Rioja, Castilla y León, UGT y CCOO.
En el otro lado, se sitúan los gobiernos de La Rioja, Castilla y León y los sindicatos UGT y CCOO de estas comunidades. Pero la oposición a la competencia fiscal vasca tiene su principal baluarte en la Comisión Europea, que ha pedido al Tribunal que la anule. De hecho, ya hizo lo propio en el caso de las «vacaciones fiscales», una serie de exenciones y deducciones al Impuesto de Sociedades que, finalmente y tras años de litigios, el Tribunal de Luxemburgo declaró ilegales y acabó por demandar su devolución. La Comisión ve en el sistema fiscal autonómico el camino contrario a la homogeneización que quiere extender en la Unión Europea.
Apoyos
La posición de las diputaciones cuenta con apoyos en Gran Bretaña e Italia.
Gran Bretaña e Italia apoyarán a Lakua y a las diputaciones en al vista oral de hoy. Una sentencia favorable a las instituciones autonómicas vería reconocida también la capacidad fiscal diferenciada que aplican a Gibraltar y Siciliana. De la misma forma que Lakua ha visto un precedente en Las Azores, Londres y Roma esperan que el mismo criterio se vaya fijando en nuevas sentencias.
Sentencia
La sentencia tardará varios meses en conocerse.
El Tribunal de Luxemburgo puede tardar meses en dilucidar la cuestión, por lo que la sentencia podría llegar a final año. En el 80% de los casos que llegan a la Corte europea, la decisión coincide con el informe del abogado general, cuyo contenido se conocerá antes.
Otros casos
No es la primera vez que normas fiscales vascas llegan a Luxemburgo.
El caso de las normas fiscales vascas ya ha pasado por instancias europeas. Primero fueron anuladas las ayudas a dos empresas concretas: Daewoo y Ramondin. Posteriormente la Comisión Europea declaró ilegales las «vacaciones fiscales» -exenciones del Impuesto de Sociedades a empresas de nueva creación- y exigió su devolución, algo a lo que sólo muy recientemente, tras un largo litigio y con sentencia de Luxemburgo, han accedido las diputaciones. En 1999, un informe del abogado general Tribunal de la UE ya estimó que el sistema contemplado en el Concierto Económico era incompatible con el Tratado de la UE porque discrimina a algunos contribuyentes y rechazó que suponga un sistema general equivalente a los de los estados. Ante el temor a una sentencia desfavorable del Tribunal, el Gobierno de Lakua firmó en enero de 2000 la llamada «paz fiscal» con el Gobierno del Estado, por el que Lakua se comprometía a retirar sus incentivos fiscales a las empresas y Madrid sus recursos. A pesar de esta renuncia, los normas fiscales volvieron a los tribunales por los recursos impuestos desde otras comunidades autonómicas, centradas siempre en el Impuesto de Sociedades.
Encajar en la Constitución española, tener autonomía para dictar normas y no recibir dinero del Estado para compensar el recorte de impuestos son las condiciones que debería cumplir el sistema fiscal para autorizarlo.