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Jon Odriozola Periodista

El derecho de Estado

Las últimas ilegalizaciones de ANV y EHAK o las condenas a solidarios con presos políticos muestran el verdadero rostro fascista de la II Restauración borbónica. A poco que les toques los pies les sale lo que en realidad son

Compadezco -pero también acompaño- a los Landa, Iruin, Goirizelaia y otros abogados de la izquierda abertzale cuando tienen que lidiar, no ya con el cañamazo prepóstero del ordenamiento (¿) político-jurídico español, Matto Grosso inextricable, sino con el desprecio e inverecundia con el que los mis- mos jueces españoles (y vascoespañoles) se saltan a porta gayola sus propios engendros legiferantes. Las últimas ilegalizaciones de ANV y EHAK o las condenas a solidarios con presos políticos muestran el verdadero rostro fascista de la II Restauración borbónica. A poco que les toques los pies les sale lo que en realidad son. Incluso díscolos burgueses como Ibarretxe parecen Rizales comparados con los de su clase cuando, por exigencias del guión, proponen «desnudarse» con una consulta popular pero la pudorosa censura española lo prohíbe. Hay quien dice que sólo ha conocido en su vida la violencia de ETA. Yo, que hice la reválida, sólo he conocido el fascismo, el antiguo y el posmoderno.

Veamos. El Tribunal Supremo es un tribunal prototípicamente burgués, fruto de la revolución liberal, sobre todo norteamericana y francesa. Para la burguesía revolucionaria de antaño (no la contrarrevolucionaria de hogaño), no cabía que los jueces «interpretaran» sus leyes: debían limitarse a aplicarlas. «Los jueces son la boca que pronuncia las palabras de la ley», decía Montesquieu, para quien no existía -en contra de lo que es fama- «poder judicial» ya que este es nulo. Como noble que era, se mosqueó cuando supo de la decapitación de un monarca inglés y, en plan preventivo, propuso que no hubiera más que dos poderes: el legislativo (la nobleza) y el ejecutivo (la burguesía en ascenso o tercer estado) y no tres, pues, repito, para él, el judicial sería írrito o, si acaso, una «potestad».

En la actualidad, sólo hay un poder: el ejecutivo. Cuando Alfonso Guerra sentenció que Montesquieu había muerto, más que a la inobservancia del poder judicial, se refería, en realidad, a la inoperancia del parlamento español (al legislativo) dando por hecho la subordinación de los dos «poderes» al ejecutivo dizque al Gobierno. Otrosí, tal y como acontece en el presente de indicativo y pluscuamputrefacto, aunque los pícaros Zapatero, Rubalcaba et alli simulen «respeto» a las «libres» e «imparciales» decisiones del «independiente» poder judicial. Montesquieu doblemente alanceado.

Los tribunales constitucionales nacen en Europa tras la I Guerra Mundial, primero en la Constitución de Weimar (1919) y luego en la austríaca (1920) muy influida por el jurista H. Kelsen. En España aparece en la II República con el nombre de Tribunal de Garantías Constitucionales. Para Kelsen, jurisperito purista que ponía el Derecho por encima del Estado, los TT.CC. no son verdaderos tribunales: no juzgan, no aplican la ley a hechos concretos, sino que comparan el texto de una ley con la Constitución y declaran si hay conformidad o no. Para el probo Kelsen, la Ley de Partidos no pasaría el test constitucional. Kelsen, a quien invocan, se volvería, visto lo visto, epicúreo o bolchevique. O anacoreta si contemplara el art.2 (o el 8, o el 55) de la Constitución española, unánimente refrendada en el País Vasco, como todo el mundo sabe.

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