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Crónica | Propiedad de los lugares de culto

La Iglesia pide que otros demuestren lo que a ella no le exigen demostrar

La jerarquía eclesiástica ha inscrito en Nafarroa más de un millar de bienes sin que nadie le haya exigido que demuestre ser la propietaria. Curiosamente, a quienes sostienen que esos bienes son propiedad de los pueblos que han corrido con todos los gastos de mantenimiento a lo largo de los siglos, la propia Iglesia les pide que lo demuestren. Y las leyes le amparan.

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Iñaki VIGOR

«El tema es muy complejo, pero si esto acaba en los tribunales, no me cabe la menor duda de que los jueces, en la mayor parte de los casos, le darían la razón a la Iglesia». Así lo advirtió Roldán Jimeno, profesor de Historia del Derecho en la UPNA, en la jornada monográfica que UEU ha dedicado en Iruñea a debatir sobre la propiedad de los lugares de culto en Nafarroa.

Como es conocido, la jerarquía eclesiástica navarra ha inmatriculado en los últimos años más de 1.100 bienes que hasta entonces nadie había inscrito, argumentando simplemente que esos bienes son suyos. Esta postura fue defendida en la jornada de UEU por Iñaxio Azkoaga, sacerdote de Uitzi, Gorriti y Lekunberri, además de profesor de la UPNA, y Miguel Larranbebere, sacerdote de Uharte Arakil y del santuario de San Miguel de Aralar. Ambos defendieron una ponencia titulada «Kristau herria, bere elizen jabe».

Iñaxio Azkoaga argumentó esta propiedad del siguiente modo: «La Iglesia ha inmatriculado una serie de templos que considera que le pertenecen, porque los hicieron los cristianos para el culto. Está bastante comprobada esa propiedad con los construidos en los siglos XVII, XVIII y XIX, y puede haber más dudas con los antiguos, porque no existían papeles. Nadie puede demostrar que son suyos, pero lo que sí es verdad es que la Iglesia los ha usado y ha tenido la posesión pacífica durante mucho tiempo. La Ley Hipotecaria le permite inscribirlos, y si alguien considera que en algún caso se ha hecho contra Derecho, tendría que demostrarlo».

Esta opinión no es compartida en absoluto por Josemari Esparza, el editor tafallés que descubrió las inscripciones que venía realizando calladamente la Diócesis en Nafarroa. En nombre de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, Esparza argumentó que las iglesias y ermitas de los pueblos han sido construidas y mantenidas siempre por los propios pueblos, «y casi nunca por la Iglesia católica, que jamás puso un ladrillo».

«La tradición sostenía que el dominio espiritual correspondía al abad o al obispo, pero el material pertenecía al rey, al patrono o al pueblo. Basta leer las actas de los ayuntamientos y concejos para ver cómo el pueblo se reúne, generalmente en concejo abierto, por la importancia del tema, y decide levantar tal o cual iglesia o ermita», expuso.

En cuanto al uso de esos templos, dejó claro que no era exclusivamente religioso, porque en muchos casos también hacían las veces de ayuntamiento, de archivo, de escuela, de cementerio, de defensa... «Luego era el pueblo, de grado o de fuerza, el que debía hacer derramas, acudir a auzolanes, talar arbolados o buscar otros recursos para pagar el mantenimiento», recordó.

«No es fedatario público»

Como ejemplo más cercano de que la propiedad de estos bienes era pública, y no privada, Josemari Esparza señaló el caso del Ayuntamiento de Iruñea con la Iglesia de Jesús y María, de la que proclamó públicamente su propiedad en los años 30 del pasado siglo. Pese a ello, la Diócesis la inmatriculó hace unos años a su nombre, sin que el Consistorio, controlado ahora por UPN, haya puesto la más mínima traba.

A la vista de esta situación, el representante de la Plataforma calificó de «disparate» el hecho de que se quede con la propiedad de estos bienes «aquel que más prisa se da en acudir al Registro».

«Pensamos que los bienes deberían ser registrados cuando se ha demostrado la propiedad de forma pública, notoria y documentada ante ayuntamientos y vecinos. La Diócesis -agregó- no es ningún fedatario público para inmatricular con su sola declaración, y menos de forma tan masiva y silenciosa».

Pero frente a este argumento de «sentido común» se encuentra el entramado legal que protege las numerosas apropiaciones realizadas por la Diócesis. Así lo constataba Roldán Jimeno: «Evidentemente, la Ley Hipotecaria ampara a la Iglesia, y además el efecto registral es de quien inscribe ese bien, a no ser que se demuestre lo contrario. Hay quien dice que esto puede convertirse en una carrera para ver quién inscribe antes. Pues, aunque parezca chocante, a efectos jurídicos esto es así».

Así las cosas, y teniendo en cuenta que la Diócesis ya ha inscrito en Nafarroa la mayoría de los bienes y los más valiosos, ahora son «otros» quienes deben demostrar que la propiedad no le pertenece. «Una vez registrado, desmontarlo es muy costoso económicamente. Si la Plataforma lo hace, sería una sangría económica tremenda. Y si lo hacen los propios ayuntamientos a título particular, también», advirtió Roldán Jimeno.

A su juicio, uno de los problemas que surge con este «complejo tema» es que, desde el punto de vista legal, no se puede esgrimir que esos bienes son del pueblo. «Un edificio no puede ser de un ente etéreo, del pueblo en general -explicó-. O es del ayuntamiento o es de un concejo. Tiene que haber una institución que se haga cargo de los bienes colectivos. Ha habido casos en que los ayuntamientos han inscrito ermitas construidas en terreno comunal. Ahí tendría que darse el caso contrario. Es decir, si la Iglesia considera que son suyas, no tendría más remedio que reclamarlo en los tribunales».

Este experto reconoce que, a lo largo de la historia, todas las obras, construcciones, retablos y otros bienes que contienen las iglesias y ermitas «han corrido a costa del pueblo llano o de los ayuntamientos», pero hace una matización importante: «Trasladándolo a la actual situación, nos encontramos con una paradoja, y es que el titular de esos derechos no es quien ha pagado las construcciones y su mantenimiento, sino quien los ha disfrutado posteriormente».

A este respecto, explica que el actual ordenamiento jurídico contempla la figura del «usucapio», con el fin de determinar quién es el propietario de un bien que no está registrado y que por tanto se desconoce el dueño. El artículo 357 del Fuero Nuevo de Nafarroa marca el tiempo que tiene que transcurrir para que, en ese tipo de casos, alguien reclame su propiedad, tiempo que en este asunto es de treinta años, o de cuarenta en casos excepcionales.

«La Iglesia lo tiene facilísimo para justificar, como institución, que ha venido utilizando de manera ininterrumpida una iglesia o cualquier otro templo. Basta con que muestre el calendario de misas que se han venido celebrando allí. Para darle la vuelta a eso, habría que ir caso por caso. Pero, por mucho que los ayuntamientos hayan pagado todo, creo que en el caso de las iglesias parroquiales no se puede hacer prácticamente nada, y que el recorrido en los tribunales sería muy corto», indicó Roldán Jimeno.

Perfectamente conocedora de esta potestad que le otorga la legislación, la propia Diócesis se aferra al argumento de que la Iglesia ha venido utilizando los lugares de culto «desde tiempo inmemorial». Frente a ello, Josemari Esparza recuerda que los templos han tenido otros muchos usos a lo largo de los siglos, y añade: «Con ese mismo argumento, la Peña Sport podría inmatricular a su nombre el campo de fútbol de Tafalla».

Bienes que no son de culto

Además de los lugares de culto propiamente dichos, en la jornada organizada por UEU también se planteó por qué la Diócesis ha inmatriculado bienes tan diversos como huertas, prados, cementerios, casas parroquiales, etc. Josemari Esparza constató que la Iglesia católica «todavía no ha dicho ni palabra» de los cientos de bienes que ha puesto a su nombre por el mismo procedimiento del artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

«Si al quedar vacías las escuelas del pueblo o las casas de los maestros o del médico, fueron devueltas al pueblo, ¿por qué razón la Diócesis se apodera de la casa del cura, que también la hizo el pueblo? Simplemente -respondió Esparza- porque hay una ley de origen franquista que le permite decir que algo es suyo porque lo dice ella. Y también porque hay una jerarquía eclesial en Navarra más desvergonzada que en otros lugares y una clase política que les deja manga ancha».

En el caso de los cementerios, constató qué la Diócesis sólo ha inmatriculado ocho, y se preguntó por los motivos. «¿Porque les hemos descubierto y no han tenido tiempo de apropiarse de más? ¿Cómo es posible que la Diócesis cobrara, y el Gobierno de Navarra le pagara, por los cementerios que inundó el pantano de Itoitz?».

El sacerdote Iñaxio Azkoaga, por su parte, justificó la inscripción de estos bienes que no son de culto diciendo que «la parroquia y la Diócesis tienen personalidad jurídica y capacidad de poseer bienes en propiedad, y tienen un patrimonio porque a lo largo de los años han recibido donaciones y herencias. Las casas parroquiales se hicieron con el dinero de las primicias o con aportaciones de los fieles, y los terrenos han sido donados. La Iglesia puede administrarlos luego como le parezca más conveniente».

Por último, y a las preguntas de por qué y para qué ha inscrito la Diócesis más de 1.100 bienes en Nafarroa, Josemari Esparza respondió: «Lo ha hecho para acaparar y para poder vender, alquilar, controlar la taquilla y ejercer un dominio absoluto, censura incluida».

 

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