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Sentencia del Tribunal Supremo

Si pueden reunirse con otros, podrán reunirse entre ellos...

Iñaki IRIONDO

Pese al empeño puesto por muchos para que así lo pareciera, éste no era un juicio contra Juan José Ibarretxe, Patxi López y Rodolfo Ares por hablar con dirigentes de Batasuna. En todo caso, si resultara necesario hacer matizaciones entre los procesados y viendo las penas que se pedían para cada cual, habría que precisar que éste era principalmente un proceso contra Arnaldo Otegi, Rufi Etxeberria, Juan Joxe Petrikorena, Olatz Dañobeitia y Pernando Barrena por «desobedecer» la ilegalización de Batasuna y la suspensión de actividades, siendo el papel de Ibarretxe, López y Ares secundario, como «cooperadores necesarios». De cualquier manera, a nadie se le escapa que quienes activaron el proceso por medio de querellas y denuncias (hubo una del PP contra sus hoy protegidos López y Ares) y quienes lo mantuvieron vivo en los tribunales en contra de la jurisprudencia existente tenían en su punto de mira una pieza más alta y general: la criminalización del diálogo político.

La sentencia del Tribunal Supremo viene, por una parte, a dejar claro que ninguno de los ocho imputados cometió delito alguno, al tiempo que por otra parte protege -como ya había hecho anteriormente- la potestad y el derecho de los gobiernos de abrir conversaciones incluso con organizaciones ilegalizadas y hasta armadas.

Pero hay otro dato interesante en esta sentencia: si los dirigentes de Batasuna no desobedecieron ni la Ley de Partidos ni la suspensión de actividades cuando se reunieron unas veces con Juan José Ibarretxe y otras con Patxi López y Rodolfo Ares, tampoco estarán desobedeciendo ningún precepto legal cuando se reúnen entre ellos. De hecho, seguro que antes y después de esas citas sus protagonistas tuvieron encuentros preparatorios y otros de valoración con sus respectivos compañeros y compañeras de partido. Aunque el sentido común no suele ser de aplicación obligatoria en las resoluciones de los tribunales españoles en sus procesos contra el independentismo vasco y seguro que tampoco lo será en el futuro, esta sentencia puede quedar apuntada como precedente.

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