«El nuevo Código Penal en tramitación despenaliza el acoso moral en el trabajo»
Juan Ignacio Marcos, coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo, dice que el nuevo texto del Código Penal, en tramitación, «despenaliza el acoso moral en el trabajo». Pide un cambio en la redacción para evitar un mayor castigo a los acosados.Juanjo BASTERRA |
El delito de acoso laboral («mobbing») se está estudiando en unas jornadas que el Colegio de Abogados de Bizkaia inició ayer y concluyen hoy, bajo el título genérico de «Puntos críticos en la tutela frente al acoso moral». Se calcula «como muy mínimo» que un 3,5% de la población trabajadora vasca sufre acoso laboral, lo que supone en torno a 42.000 personas en Hego Euskal Herria, pero sólo se presentan un 1% de denuncias en los tribunales. En Bizkaia, según la Inspección de Trabajo, se han presentado 130 casos en el último ejercicio, como expresó a GARA Juan Ignacio Marcos González, abogado y coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo.
A su juicio, se están produciendo avances en cuanto a la detección y la afloración de este riesgo sicosocial pero, a la vez, mostró su inquietud sobre el artículo 173 del nuevo texto del Código Penal, que se tramita en el Congreso español. Marcos González dijo que si no se modifica el título séptimo -«De las torturas y otros delitos contra la integridad moral»- que ha enviado el Gobierno español, «supondrá la despenalización del acoso laboral. Sería una figura decorativa dentro del nuevo código penal. En la práctica supondría que no va ser viable que se condene a nadie».
El Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo define el «mobbing» «como toda conducta no deseada que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad del trabajador y crear un entorno intimidatorio humillante u ofensivo». El texto alternativo que el observatorio vasco ha presentado a la redacción del nuevo Código Penal afirma que «el que infligiera a otra persona un trato degradante menoscabando gravemente su integridad moral será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años», dado que el texto del Gobierno español es más confuso y no delimita el delito, «lo despenaliza», a juicio de Juan Ignacio Marcos.
El coordinador del observatorio explica que se está consiguiendo «a sangre y fuego» que las empresas realicen evaluaciones de riesgos sicosociales, como fija la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y admite que se producen pocas sentencias «pero las que han salido marcan una referencia en cuanto a la responsabilidad en la ausencia de prevención o la falta de una evaluación de riesgo sicosocial, lo que supone que quienes estaban sin salir del infierno podrán pedir que se les apliquen derechos fundamentales y la acumulación de indemnizaciones».
Marcos González afirma, por otro lado, que «estamos también avanzando en la vulneración del daño al honor. Hay un caso en este momento que se está unificando doctrina en el Tribunal Supremo, que fija que en la empresa en que se produzca se publique en el tablón de anuncios quien ha sido el acosador durante ocho días y «se obliga también al acosador a indemnizar al acosado».
Otro paso necesario para el coordinador del observatorio vasco es «actuar contra los servicios de prevención», porque a su juicio «toda esa cadena preventiva tiene que saber las consecuencias que tiene no aplicar las evaluaciones de riesgos».
Los datos de «mínimos», como explica el coordinador del observatorio, muestran que un 3,5% de la población trabajadora vasca sufre el acoso moral en el trabajo, «mobbing», lo que supone 42.000 trabajadores, aunque las estimaciones para la UE alcanzan al 6%.
Marcos González reconoce que se han dado pasos importantes para que se realicen las evaluaciones de riesgos sicosociales, pero entiende que se tienen que dar los pasos para que se condene a nivel penal a los servicios de prevención. «Deben saber que si no actúan, tendrán consecuencias»
En Bizkaia, la Inspección de Trabajo está detrás de 130 casos, denuncias que se han presentado y que se estudian y remiten después a los juzgados de lo social y de lo penal, dependiendo de su tramitación.
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo afirma que «los principales riesgos sicosociales están relacionados con las nuevas formas de contratación laboral, la inseguridad en el puesto de trabajo, la intensificación del mismo, la exigencia emocional, la violencia en el trabajo y un desequilibrio entre la vida laboral y personal». Aunque no existen datos concretos, la Unión Europea señala que el 28% de las bajas laborales son a causa de estrés y violencia psicológica, el 22% y el 6% respectivamente.
En las jornadas del Colegio de Abogados de Bizkaia se reconoció que el acoso moral en el trabajo es «un problema sobre el que todavía existe un alto grado de desconocimiento. Manuel Velázquez, jefe de la Inspección de Bizkaia, señaló que «la clave para evitar estas situaciones reside en la propia organización del trabajo y la cultura empresarial de las organizaciones. «Tan negativo es un jefe autoritario como otro que deja hacer. Hay muchos casos de este tipo en instituciones públicas» y llamó a concienciarse ante su gravedad. J. B.