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El TSJN se aleja de la Justicia para Nagore

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) confirmó ayer la condena de doce años y medio de prisión para José Diego Yllanes por un delito de «homicidio» como autor de la muerte de Nagore Laffage, desestimando la petición de las acusaciones particulares y popular para que el delito fuese considerado como «asesinato». El tribunal alega su incapacidad para modificar los hechos declarados probados por el jurado popular, lo que, según afirma, le impide modificar la sentencia inicial.

No obstante, resulta muy revelador el voto particular de uno de los tres magistrados que han tomado la decisión, para quien el hecho de que el crimen se llevase a cabo en casa del acusado, que la joven quedase desvalida por la violencia sorpresiva de Yllanes y que éste intentara ocultar el cadáver para no ser inculpado, revelan «la fría ejecución alevosa de un asesinato». Sus dos compañeros, respecto a la «alevosía» con la que Yllanes habría dado muerte a Nagore, se limitan a reconocer que el caso podría ser «fronterizo» con esa figura legal. Sin embargo, y ante la duda -que está muy lejos de existir para el juez autor del voto particular- los jueces dan la espalda a la víctima (la única que no ha podido ofrecer su versión en el proceso) y se colocan de parte del autor de la muerte. Ponen así una vez más de manifiesto la profunda brecha que en el Estado español existe entre el sistema judicial y la Justicia.

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