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La defensa de los jóvenes donostiarras insiste en que no existen pruebas que acrediten su militancia en Segi

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Los abogados defensores de los 17 donostiarras que han sido juzgados por la Audiencia Nacional española acusados de «integración en la organización terrorista ETA y cometer acciones de kale borroka en Donostia desde 2005» han pedido este miércoles que se levante la acusación, como ocurrió con otros ocho imputados en esta causa durante la instrucción judicial.

El juicio, que comenzó el pasado 28 de junio, quedó ayer visto para sentencia y el fiscal Luis Barroso decidió mantener la petición de ocho años de prisión a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal por un delito de «integración en organización terrorista» a los diecisiete jóvenes donostiarras, según informó la agencia española Efe.

Veintiséis fueron los donostiarras detenidos en la operación policial de 2007. Once de ellos fueron incomunicados y denunciaron maltratos. Trece fueron encarcelados y, tras dos años presos, ahora se encuentran en libertad provisional.

Durante su informe de conclusiones definitivas, el abogado defensor Iñigo Iruin insistió en que no existe prueba de cargo que acredite «la militancia en Segi» de los acusados, pues, a su juicio, el propio fiscal «renunció a valorar la prueba».

Iruin añadió que el representante del Ministerio Público «sabe que en algunos casos está más corroborado que en otros» y recordó que ya contra ocho personas se levantó la acusación durante la fase de instrucción y, durante la vista oral, «se ha adelgazado aún más» la causa.

«La causa se ha adelgazado»

El letrado de la defensa, además, explicó que en 2005 Segi aún no era considerada «organización terrorista al servicio de ETA» por la Justicia española.

En este sentido, Iñigo Iruin opinó que «no se puede afirmar» que una persona que por entonces perteneciese a la organización juvenil supiese que «estaba contribuyendo a los fines de ETA, de otra forma pero a las órdenes de los mismos».

En este caso, según apuntó Iñigo Iruin, «no podría considerarse integración en organización terrorista, pues es necesario ser consciente de ello para ser así condenado». «Eso hará que la Sala tenga que estudiar caso a caso si los sujetos conocían, aceptaban y participaban activamente en una organización terrorista», apostilló Iruin.

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