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La UE prohíbe el comercio de productos derivados de foca en el mercado común

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El comercio de productos derivados de la foca queda prohibido desde hoy dentro del mercado comunitario, aunque la Unión Europea prevé algunas excepciones para conservar la caza tradicional de algunas comunidades, como los esquimales inuits, y para permitir las capturas necesarias en algunos países nórdicos para gestionar las especies marinas.

Las importaciones de este tipo de artículos a la UE también quedan prohibidas con la entrada en vigor de la nueva norma acordada por los 27 y la Eurocámara. Sí estará autorizada su entrada con carácter «excepcional» si se trata de bienes personales de viajeros o sus familias, sin razón comercial.

En concreto, se prohíbe la «comercialización, la importación, el tránsito o la exportación de productos derivados de la foca» en la Unión Europea. El reglamento se refiere a productos, transformados o no, derivados u obtenidos de las focas, entre ellos la carne, el aceite, la grasa, los órganos y las pieles.

La comercialización de cualquier artículo elaborado a partir de pieles de foca queda vetada, sean pieles en bruto, curtidas o adobadas, incluso aquellas ensambladas en napas, trapecios o presentaciones análogas.

Gorros, botas y guantes

En la práctica, esta medida supone que no se podrán vender ni exportar artículos como bolsos, gorros, botas o guantes utilizados por los motoristas, esquiadores y boxeadores. Tampoco estarán permitidos los productos parafarmacéuticos, como los compuestos por ácidos grasos Omega 3.

La prohibición del comercio de productos derivados de la foca es una demanda histórica de los grupos ecologistas de la UE.

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