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ABSUELTOS LOS COMPARSEROS DE TXORI BARROTE

La Audiencia Nacional establece que exhibir las fotos de los presos no es delito

Una sentencia de la Audiencia Nacional ha confirmado que, como venían afirmando asociaciones como Eskubideak, no hay delito alguno en la exhibición de fotos de presos políticos vascos, pese a que en los dos últimos años ha habido cientos de identificados y no pocos agredidos por ese motivo. El tribunal especial absuelve a los miembros de la comparsa Txori Barrote argumentando que no se percibe «un ánimo de enaltecer o justificar el terrorismo».

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Ramón SOLA | DONOSTIA

La campaña penal puesta en marcha por el Gobierno de Lakua y seguida por el de Nafarroa en contra de las fotos de presos políticos vascos no tiene base legal. Así lo ha confirmado la Audiencia Nacional al absolver a cuatro miembros de Txori Barrote por mostrar retratos de prisioneros en su txosna en Aste Nagusia de 2009. El fallo, conocido ayer, subraya que «ni del contexto, ni de los símbolos y emblemas exhibidos en tal txosna puede interferirse, con total certeza, la existencia del ánimo de enaltecer o justificar el terrorismo a sus autores».

Bajo esta imputación, en los últimos dos años se han producido un sinfín de identificaciones en movilizaciones o simples actos festivos. Desde el primer momento, colectivos diversos, desde Etxerat a la asociación de abogados Eskubideak, habían remarcado que mostrar fotos de presos no era ilegal. Ahora, la Audiencia Nacional lo corrobora con total nitidez, después de que en las últimas semanas ya se produjeran algunas absoluciones o cierres de sumarios similares que apuntaban hacia esta conclusión.

La decisión de la Audiencia Nacional tiene múltiples repercusiones. Además de dejar en entredicho la ofensiva política liderada por Patxi López y Rodolfo Ares -la llamada «tolerancia cero»-, hay que recordar que las intervenciones policiales contra las fotos no sólo han dejado cientos de identificados, sino también numerosos heridos en cargas como la producida en Gernika en agosto del año pasado. Además, en el caso de Txori Barrote -ahora absuelto- y Kaskagorri, el Ayuntamiento de Bilbo les impidió colocar la txosna este año.

Esta sentencia debería corregir también la práctica implantada ahora por las FSE en Nafarroa, donde ya no sólo prohíben las fotos, sino también mostrar los nombres de los presos.

Tampoco hay «humillación»

En el caso concreto de Txori Barrote, la sentencia recuerda que la querella fue presentada por Daniel Portero, presidente del colectivo ultra Dignidad y Justicia, después de acudir él mismo a las txosnas para recabar elementos que permitieran delatarlas. Días después, la Ertzaintza entró en el recinto festivo a plena luz del día y se llevó todas las fotos.

Frente a lo alegado por Daniel Portero, la Audiencia Nacional considera que ni se produjo «enaltecimiento» ni tampoco «humillación» a las víctimas de ETA, dado que «no está acreditado el dolo específico que para ello se precisa, pues la totalidad de los acusados son parientes de alguna o alguna de las personas en tales carteles de fotografías exhibidos y justifican su exhibición en base a la reivindicación de los derechos que como presos estiman que les deben ser reconocidos».

Los jueces matizan que, si esos carteles «hieren su sensibilidad», el asunto puede tramitarse por vía administrativa e incluso se puede proceder a su retirada, pero en ningún caso existe delito.

El juicio se había celebrado el pasado 9 de setiembre, y en él la Fiscalía calificó los hechos como «delito de exaltación o justificación del terrorismo», por lo que pidió una pena de 18 meses de prisión contra cada miembro de Txori Barrote. Ahora quedan absueltos «con toda clase de pronunciamientos favorables», según concluye la comentada sentencia.

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