GARA > Idatzia > Ekonomia

Análisis | Planes de pensiones y EPSV: algunas respuestas

¿Necesitamos un plan de pensiones?

Es más criticable la la postura de los gobiernos y los organismos financieros públicos, dado que su misión es garantizar el derecho a una prestación justa sin estar obligados a suscribir planes de previsión voluntariaA diferencia de los planes de pensiones, el oscurantismo informativo es total en las EPSV, pese a que en 2007 el Gobierno Vasco aprobó la implantación de una mayor transparencia para estos productos.

p022_f02.jpg

Alberto CASTRO Analista bursátil

En un momento en que el futuro de las pensiones centra el debate económico, y después de recordar que es responsabilidad de la administración pública garantizar unas pensiones dignas, el autor detalla algunas características de los planes de pensiones y las EPSVs.

Cuando faltan menos de dos meses para cerrar el año nos enfrentamos a un «clásico» de las entidades financieras: la batalla por ganar clientes para los planes de pensiones o las EPSVs (Entidades de Previsión Social Voluntaria). Además, desde la imposición de la crisis, los argumentos a su favor se multiplican desde todos los frentes, incluso desde el propio Gobierno, que se ha colocado del lado de los grandes grupos financieros al recomendar su suscripción sin rodeos.

Bien es verdad, que en plena crisis, con familias enteras que no disponen siquiera de un sueldo digno para vivir, es casi sangrante invocar la seguridad del futuro y la necesidad de ahorrar para sobrevivir después en el tiempo de la jubilación.

Pese a todo, no está de más conocer algunos detalles si nos disponemos a suscribir un plan de pensiones o EPSV de cara a contar con un complemento para el momento del retiro. No hay que dejarse llevar por los argumentos de los vendedores, que siempre miran en primer lugar por la entidad.

Por lo tanto, sólo a nosotros compete establecer el mejor modo de procurarnos una cantidad adicional de ingresos en el momento de la jubilación y el plan de pensiones es una más de las posibilidades para conseguirlo. Con el término plan de pensiones, se engloba a los dos sistemas de previsión voluntaria existentes en la CAV, los planes de pensiones propiamente dichos y las EPSVs. No se contemplan los planes de jubilación, que son seguros de vida de capital diferido y no tienen desgravación fiscal. Existen, además, otras clases de planes de pensiones/EPSVs como los de empleo o asociados, para un colectivo determinado.

¿Es más conveniente una EPSV que un plan de pensiones?

No hay diferencias notorias, porque hoy en día las condiciones para el rescate anticipado, antes de la jubilación, son semejantes para los planes de pensiones y las EPSVs. Así, a las contingencias propias de jubilación, fallecimiento o invalidez, se añaden las de paro de larga duración y enfermedad grave del socio o cónyuge. La principal distinción estriba en que únicamente los socios de las EPSVs pueden rescatar el patrimonio acumulado a los diez años de su primera aportación sin necesidad de alegar nada.

¿Es obligatorio abrir un plan de pensiones?

De ningún modo. El sistema público de pensiones es el encargado de ofrecer esa prestación a los trabajadores jubilados. No obstante, a pesar de que la quiebra del sistema público no se contempla con argumentos sólidos, es verdad que el proceso emprendido por el Gobierno del PSOE, el PP y otros aliados hará que las prestaciones futuras sean menores a las actuales. Por tanto, sin ser la panacea, contar con un plan de pensiones es una opción para complementar la futura pensión, evidentemente cada vez más reducida si se aborda la reforma en las condiciones ya profusamente difundidas de alargamiento del periodo del cómputo para el cálculo de la prestación y de retraso en la edad de acceder al derecho.

¿Por qué insisten las entidades financieras en la necesidad de tener un plan?

Es pura lógica. Los bancos, cajas y otras entidades autorizadas viven de las comisiones, bastante altas por lo general, que obtienen con su gestión. Es más criticable la postura de los gobiernos y los organismos financieros públicos, dado que su misión es garantizar el derecho a una prestación justa sin estar obligados a suscribir planes de previsión voluntaria o utilizar otros modos de ahorro de cara al momento de la jubilación.

¿Es una buena idea elegir el plan por las promociones y regalos que se ofrecen?

En absoluto. Es uno de los mayores errores. Hay que ignorar la parafernalia del regalo, en especie o monetario, y centrarse en la calidad de la entidad y el propio plan. Además, siempre hay que tener presente que no se trata de un depósito. Es pura inversión, sea renta fija o variable, con los consiguientes riesgos que acarrea. Ahora bien, muchas entidades ofrecen planes garantizados durante un tiempo con un tipo de interés fijo, generalmente nada espléndido. En definitiva, los mejores regalos son una rentabilidad razonable y una buena gestión.

¿Abro un plan para obtener desgravación fiscal?

Evidentemente, es una forma de acceder a desgravaciones fiscales. No obstante, no debe dejarse seducir únicamente por esta ventaja, sino que se debe optar, además, por un plan que sea en verdad rentable y que sea capaz, al menos, de contrarrestar las subidas del IPC. No es tolerable que en el momento del rescate la suma de las aportaciones sea inferior al capital consolidado.

Por otro lado, no es una verdad universal que la suscripción de un plan de pensiones reporte siempre el tratamiento fiscal más rentable si tomamos como referencia el momento del rescate. Otras formas de planificación del ahorro para la jubilación, que no tienen desgravación fiscal alguna, pueden ser más ventajosas en función de los ingresos del contribuyente.

¿Cuáles son las cantidades máximas que se pueden desgravar?

En la Comunidad Autónoma Vasca, la deducción máxima de la base imponible del IRPF es de 8.000 euros si se tiene 52 años o menos. A partir de esa edad, se admiten aumentos de 1.250 euros por cada año adicional. El límite máximo, en cualquier caso, es ahora de 24.250 euros para los de 65 años y más.

Se contemplan, además, otras deducciones para las aportaciones realizadas a favor de cónyuges y personas con discapacidad. En caso de contar, además, con una EPSV de empleo, se podrían deducir hasta 8.000 euros más en aportaciones de la empresa. En Nafarroa, el régimen de aportaciones a los planes de pensiones -no hay EPSVs- tiene diferente trato. Así, hasta los 50 años se establece un límite de 8.000 euros o el 30% de rendimientos del trabajo -la menor de las dos cantidades-. A partir de esa edad el límite sube hasta los 12.500 euros o el 50% de los rendimientos del trabajo.

En Nafarroa las deducciones tienen un límite único conjunto, por lo que incluyen ya las aportaciones individuales y las empresariales. También existen deducciones adicionales por las aportaciones a favor de discapacitados y cónyuges.

¿Recupero todo el capital consolidado a la hora del rescate?

No. Esa cantidad se verá recortada al pasar por el aro de Hacienda. Al fin y a la postre, lo que hacemos es diferir el pago fiscal al momento del rescate y Hacienda nos espera para cobrar los impuestos aplazados.

El patrimonio ahorrado tiene un tratamiento fiscal de rendimiento del trabajo y se puede recuperar de tres modos: como capital, como renta o en forma mixta capital-renta.

En el caso en que se reciba la prestación en forma de capital, el 60% se integra como rendimiento del trabajo en la declaración del IRPF, por lo que está sujeto a retención. Para acceder a esta reducción del 40% han de transcurrir más de dos años desde la primera aportación y se extiende al total de los capitales cobrados en ese mismo ejercicio aunque sean de EPSVs distintas.

Si se opta por la forma de renta, todas las cantidades percibidas se consideran rendimientos del trabajo y no tienen bonificación alguna. Se integra el 100% a la base imponible general.

La opción de cobro mixto se regula por los dos tratamientos respectivos. En Nafarroa, se reduce al 60% con carácter general si se opta por la forma de capital y al 50% en prestaciones por invalidez.

Las rentabilidades de los planes de pensiones son accesibles por diferentes medios de comunicación y asociaciones patronales. ¿Cómo puedo conocer las rentabilidades de las EPSVs?

Es misión imposible. A diferencia de los planes de pensiones, el oscurantismo informativo es total en las EPSVs, pese a que en 2007 el Gobierno Vasco aprobó ya la implantación de una mayor transparencia para estos productos. Por tanto, el único remedio es el peregrinaje por las diferentes entidades y pedir esos datos directamente.

¿Se pueden traspasar los planes de pensiones/EPSVs, tal como se hace con los fondos de inversión?

Sí. El traspaso también está permitido en los planes de pensiones y las EPSVs. Por tanto, si no le convence la rentabilidad de su plan de pensiones y en su entidad dicen que, al menos, le viene bien para obtener desgravaciones fiscales, sería mejor buscar otra entidad para confiarle esos ahorros tan difíciles de lograr. Se trata, por tanto, de encontrar un producto adecuado al tiempo que falta para la jubilación, que tenga bien controlado el binomio riesgo-rentabilidad y que mantenga una trayectoria positiva a lo largo de los años en los que, a buen seguro, se sucederán ejercicios de crisis económica y de expansión. En definitiva, hay que tratarlo como un producto de inversión destinado a incrementar nuestro patrimonio de forma razonable de cara a la jubilación.

Imprimatu 
Gehitu artikuloa: Delicious Zabaldu
Igo