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No habrá secreto bancario en actuaciones contra el fraude fiscal en la UE

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Los ministros de Economía de la Unión Europea han aprobado por unanimidad una norma que acabará con el secreto bancario -todavía vigente en países como Luxemburgo o Austria- en las investigaciones contra el fraude y la evasión fiscal.

Los economistas consideran en término medio que el fraude fiscal representa cada año entre el 2% y el 2,5% del PIB de la UE, es decir, entre 250.000 y 315.000 millones, cantidad que no ingresan las arcas públicas.

El objetivo de la norma es mejorar la cooperación entre los estados miembros y el intercambio de información para poder determinar correctamente la cantidad de impuestos que se les adeudan. Se trata de evitar que los defraudadores aprovechen las limitaciones territoriales de las autoridades fiscales para esconder los ingresos obtenidos.

La directiva establece que, en el marco de una investigación por fraude fiscal, un estado miembro no podrá denegar información sobre un contribuyente del país que solicite los datos aduciendo únicamente que esta información está en manos de un banco o de otra institución financiera.

Desaparece el veto

De este modo, se acaba con el secreto bancario en las relaciones entre autoridades fiscales cuando un estado miembro solicitante controla la situación fiscal de uno de sus contribuyentes residentes. El acuerdo ha sido posible después de que Luxemburgo y Austria retiraran su veto.

Cuando un país de la UE reciba una solicitud de información de otro estado miembro deberá contestar en un plazo máximo de seis meses.

Para evitar que los gobiernos realicen peticiones imprecisas para detectar responsabilidades, los Veintisiete han pactado una serie de detalles que se deberán incluir en cualquier petición, concretamente la identidad de la persona investigada y el objetivo fiscal para el que se requiere la investigación.

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