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Sobre víctimas de la violencia de motivación política
Lo que definitivamente resta toda credibilidad a este informe es la constatación de que es el propio Gobierno Vasco quien está vulnerando sistemáticamente el derecho a la verdad
El 1 de diciembre se presentó el informe sobre víctimas de la violencia de motivación política. Le precedió el trabajo publicado a finales de 2008 por la anterior Dirección de Derechos Humanos, bajo responsabilidad de Jon Mirena Landa. Lo primero a reseñar: el nuevo informe contiene una grave devaluación, incluso degradación, respecto a contenidos y conceptos desarrollados en aquél.
Las declaraciones de las responsables gubernamentales Maixabel Lasa e Inés Ibáñez nos ha- cían temer lo peor: planteamientos discriminatorios anclados en la lógica de guerra instaurada por el franquismo, con una doble vara de medir el sufrimiento que se materializó en la distinción entre los ex combatientes «caballeros de la cruzada» y los desafectos rojo-separatistas; honores de Estado para los primeros, discriminación y agravios comparativos para los segundos.
La metodología para la elaboración del informe tampoco ha contribuido a crear un mínimo de esperanza de que pudiese ajustarse a parámetros homologables con experiencias internacionales, y ello por dos razones: (1) porque se ha rehuido de consultar a los afectados y a los agentes sociales, y (2) porque su elaboración ha sido encargada a una singular ONG, sin la experiencia ni los conocimientos previos necesarios para el desarrollo de un documento de este calado social, jurídico y político.
En cuanto a los contenidos, el informe adolece de graves contradicciones que, en algunos aspectos, hacen imposible conjuntar el marco normativo internacional que se adopta como referencia y las líneas de actuación presentadas por el Gobierno Vasco.
El marco normativo internacional que se menciona establece tres derechos fundamentales de las víctimas: los derechos a la verdad, a la justicia efectiva y a la reparación, incluidas las garan- tías de no repetición.
En el informe no se establecen garantías mínimas para satisfacer el derecho de las víctimas a la verdad. Se afirma el valor de lo realizado por la anterior dirección de DDHH en la identificación de las víctimas, pero se niega la inclusión en el informe del censo por «el riesgo de la incertidumbre respecto al valor jurídico de dicha inclusión». Este miedo a la verdad y sus consecuencias jurídicas les induce a intentar ocultarla; ocultar los nombres de las víctimas, el contexto y las circunstancias de los hechos, los medios y métodos utilizados para infligir las vulneraciones, su dimensión cuantitativa... Pero aún hay más. Mientras en el plano de los principios jurídicos se afirma que es deber y obligación del Estado «realizar investigaciones eficaces de las violaciones de los derechos humanos», en el plano de las acciones se abandona absolutamente a las víctimas para que acrediten por sus medios «el cumplimiento de los requisitos exigidos al efecto».
Pero lo que definitivamente resta toda credibilidad a este informe es la constatación de que es el propio Gobierno Vasco quien está vulnerando sistemáticamente el derecho a la verdad con su negativa a diseñar una política pública de investigación y obtención de documentación (escrita, oral, gráfica y material) bajo los parámetros establecidos en el marco normativo internacional al que se alude. Como consecuencia de ello, tenemos que el grueso de las investigaciones se está realizando por personas y entidades privadas, aun siendo de gran utilidad, no responde a los criterios metodológicos y de contenidos necesarios para poder articular este nivel de intervención con el consiguiente ejercicio del derecho a la justicia efectiva.
El derecho de las víctimas a la justicia efectiva es cercenado porque se fijan unos periodos temporales a los que se adscriben, a priori, unas determinadas categorías penales que son metodológicamente inconsistentes y conceptualmente aberrantes (ya que con ello se rompe el principio de equidad), que condicionan los criterios de análisis (investigación de la verdad) de los hechos. Se establece una gradación respecto de la gravedad de las vulneraciones, en función de si han sido cometidas durante dictadura (desde enero de 1968 hasta octubre de 1977) o en posteriores fases (supuestamente demo- cráticas) que no se acotan con precisión, ni se exponen las razones históricas y/o sociopolíticas de este proceder. En cualquier caso, la nula voluntad de aplicar la legalidad internacional se evidencia de manera clara, cuando se decide establecer enero de 1968 como fecha del inicio sobre el que aplicar el mencionado marco normativo, sin que a su vez se exija anular la ley de amnistía de octubre 1977, verdadera ley de punto final e impunidad que impide el ejercicio de los derechos de las víctimas.
Este disparatado enredo de datos y conceptos, impropio de un informe de esta trascendencia, responde al fin general de rebajar la gravedad de las vulneraciones sufridas y negar el significado político de todos estos hechos. Esto se hace aún más evidente respecto a la calificación que se propone para los delitos cometidos en las dos últimas fases, que tratan de definirse como de simples «abusos de poder». Con todo ello se elude la categorización de las vulneraciones a la luz del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (años 1998/2002), que es la norma internacional de referencia más completa en esta materia. En este marco, internacionalmente aceptado, las vulneraciones que aquí tratamos son crímenes de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. Solamente así pueden investigarse los hechos para que sus responsables sean juzgados y, en consecuencia, se establezcan las medidas de reparación, en la misma proporción a las aplicadas en casos similares.
Conclusiones: se niega la participación de las víctimas y agentes sociales; se incumple el marco de la legalidad internacional; se oculta el censo de víctimas; se manipula la realidad para evitar la categorización de las violaciones como crímenes de lesa humanidad; se oculta el derecho a garantías de no repetición, con lo que se perpetúa el status quo sociopolítico que generó dichas violaciones; se mantiene la impunidad de sus responsables. No lo van a conseguir. Ayer como hoy, verdad, justicia y reparación, incluidas las garantías de no repetición.