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Posible prisión para los dos jóvenes de Zarautz delatados anónimamente

La Audiencia Nacional decidirá hoy si decreta prisión provisional o eludible bajo fianza contra Aritz Labiano y Haritz Garatxotenea, los dos jóvenes zarauztarras que fueron condenados a un año de cárcel y siete de inhabilitación por «enaltecimiento del terrorismo». Todo el caso se basa en la declaración de un vecino que se ha mantenido en el anonimato. Y la comparecencia de hoy, a instancias de la Fiscalía, resulta extraordinaria porque la sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo.

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Nerea GOTI | ZARAUTZ

Dos vecinos de Zarautz, Aritz Labiano y Haritz Garatxotenea, deberán comparecer hoy ante la Audiencia Nacional con arreglo a un «extraordinario» procedimiento. Como ya se ha publicado en GARA, arrancó con la denuncia de un supuesto vecino de la localidad que acudió a la Ertzaintza a señalarles con nombre y apellidos como autores de gritos de «Gora ETA militarra» o «Euskadi Ta Askatasuna» en una manifestación celebrada en Zarautz en setiembre de 2008.

Sólo con ello, la Audiencia Nacional condenó a ambos jóvenes a un año de prisión y siete de inhabilitación por «enaltecimiento del terrorismo», dando por bueno el testimonio inculpatorio de una persona que se ha mantenido en el anonimato.

Según señaló a GARA el letrado que lleva la defensa de Labiano y Garatxotenea, Mikel Elorza, ya es bastante peculiar que la sentencia se sustente en la declaración de una persona desconocida, que declaró como testigo protegido con la voz distor- sionada y sin que se permitiera verle, ya que es el único testigo que identificó expresamente a Labiano y Garatxotenea como autores de esos gritos entre un grupo de personas que profirió los mismos eslóganes.

El segundo testimonio sobre el que se sustenta la sentencia corresponde a un agente de la Policía Municipal, que relató haber oído gritos en favor de ETA pero de forma aislada y sin poder determinar quién los profirió, según precisó el abogado.

Pero la nueva excepcionalidad que presenta el caso tiene que ver con la intervención de la Fiscalía. Ha solicitado a la Audiencia Nacional la adopción de alguna medida, ya que considera que «se ha agravado el riesgo de fuga» debido a la existencia de una condena anterior de nueve meses de prisión por una acción de «desobediencia».

Así, la Fiscalía solicita expresamente la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de modo que en el acto de hoy el tribunal especial deberá decidir si aplica a los dos jóvenes la prisión provisional, eludible mediante el pago de fianza o la libertad sin fianza.

«Excesos» y solidaridad

A juicio de la defensa, el procedimiento ha estado marcado por los «excesos», partiendo de la condena en base a una denuncia de un particular, que testifica de forma protegida ocultando su identidad. Subraya, asimismo, el «excepcional» proceder de la Fiscalía ante una sentencia que no es firme, ya que está recurrida ante el Tribunal Supremo, lo que automáticamente deja en suspensión su cumplimiento.

El letrado sostiene que no es habitual una actuación de este tipo contra una sentencia recurrida, cita que no reviste ningún tipo de alarma social, añade que supone una pequeña pena de cárcel y destaca que afecta a dos personas muy conocidas en Zarautz que siguen con la rutina diaria y han comparecido en todos los emplazamientos realizados por los tribunales.

La situación de Labiano y Garatxotenea ha sido objeto de múltiples actos de solidaridad, a través de la recogida de firmas o en forma de manifestación, como una concurrida marcha el pasado sábado en su localidad.

«riesgo de fuga»

La Fiscalía ha pedido a la Audiencia Nacional la adopción de alguna medida contra los jóvenes de Zarautz, basándose en que, a su juicio, se ha agravado el «riesgo de fuga» al existir una condena anterior por otro tema.

 
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