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El TS no ve alevosía en la muerte de Laffage y confirma que es homicidio dos años de recorrido del caso más mediático

El fallo del Tribunal Supremo español da la espalda a los argumentos presentados por la acusación particular y las acciones populares y confirma el delito de homicidio al no contemplar alevosía en los hechos. Esta sentencia, valorada como un «mazazo» por la familia de la joven, pone punto y final a la trayectoria jurídica de este caso, que ni siquiera ha sido contemplado por ley como violencia de género.

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Oihana LLORENTE |

El Tribunal Supremo español dio a conocer ayer el fallo que confirma la pena de doce años y medio de cárcel impuesta a José Diego Yllanes por un delito de homicidio por la muerte de la joven Nagore Laffage, en julio de 2008.

La Sala de lo Penal del Alto Tribunal considera en el auto que los hechos no pueden ser calificados de asesinato y desestima, de este modo, los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, TSJN, por la acusación particular y las acciones populares, ejercidas por las Juntas Generales de Gipuzkoa, los ayuntamientos de Irun e Iruñea y el Instituto Navarro para la Igualdad.

La sentencia confirma así la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, que el pasado marzo impuso esta misma condena al acusado, contemplando como atenuantes la reparación del daño, -alegando que Yllanes entregó a la familia de Laffage 126.853 euros-, y la de embriaguez leve; mientras, el tribunal desestimó aplicar las de arrebato y confesión del delito, ambas solicitadas por la defensa de Yllanes.

Pese a las peticiones de todas las acusaciones personadas, el TSJN primero, y el Alto Tribunal, ahora, rechazan declarar los hechos como asesinato. Cabe recordar que el fallo del TSJN contó con un voto particular discrepante emitido por el magistrado José Antonio Álvarez, que apreciaba alevosía y, en consecuencia, estimaba que se trataba de un asesinato.

La familia de Laffage se basó en este voto particular para pedir la revocación del fallo y agotar toda la vía judicial llegando al Tribunal Supremo español.

Tras deliberar el pasado 25 de noviembre a puerta cerrada sobre los argumentos presentados contra la sentencia dictada por el TSJN, la Sala dio a conocer ayer que desestima el agravante de alevosía y recuerda que tanto el jurado popular que enjuició los hechos, como el TSJN, en un «exhaustivo análisis» del veredicto, confirmaron que «difícilmente» podía sostenerse esta circunstancia al no considerar probada «la absoluta indefensión de la víctima».

El Supremo remarca, asimismo, que se aplicó correctamente el agravante de abuso de superioridad al haberse aprovechado el acusado del «desequilibrio de fuerzas», dada sus condiciones físicas y el conocimiento de artes marciales, así como del «desvalimiento de la víctima».

Los hechos se remontan al 7 de julio de 2008, cuando el cuerpo sin vida de la joven de Irun fue encontrado en Erroibar con aparentes signos de violencia y se arresta a Yllanes, a quien se le imputa la autoría de la muerte la joven.

El juicio se celebró en Iruñea en noviembre de 2009 ante un jurado popular, que finalmente resolvió el polémico fallo de homicidio. La familia, junto al resto de acusaciones populares personadas en la causa, recurrió la sentencia ante el TSJN, que, sin embargo, rechazó las peticiones de asesinato y confirmó la pena.

Dos años de recorrido del caso más mediático

La muerte de la joven irundarra Nagore Laffage hace más de dos años y la continua lucha, abanderada por su madre, para que se hiciera justicia por la joven, ha otorgado visibilidad a la violencia que se ejerce contra las mujeres.

- 2008:

7 de julio: La joven Nagore Laffage muere a manos de José Diego Yllanes por la mañana, en la vivienda que el joven tenía en Iruñea. El joven, de 27 años, y ella, de 20, coinciden de forma casual en la calle, en plenos sanfermines, y acuden a casa del joven, donde ocurren los hechos. El cuerpo sin vida de Laffage era encontrado, sin embargo, a última hora de la tarde en Erroibar con aparentes signos de violencia.

8 de julio: La denuncia por la muerte de la joven no se hace esperar y se activa el protocolo para la Marcha Mundial de Mujeres  en Euskal Herria con concentraciones en toda la geografía vasca. La respuesta adquiere gran intensidad en Irun, ciudad natal de la joven, e Iruñea, lugar en el que ocurren los hechos.

11 de julio: José Diego Yllanes, quien confiesa ser el autor de la muerte de Laffage, ingresa en prisión.

- 2009:

Abril:  Más de 60.000 firmas exigen justicia en el caso de Nagore Laffage.

2 de noviembre:
Arranca el juicio contra José Diego Yllanes en el Palacio de Justicia de Iruñea. Numerosas personas se concentran en el lugar para arropar a los familiares bajo pancartas como «¡No es no! Justicia», «Nagore, zure oroimenez» y «Emakumeen kontrako indarkeriarik ez». Esta estampa se repite todos los días que dura el juicio, ya que un autobús viaja desde Irun hasta Iruñea para solidarizarse con la familia.

13 de noviembre
: Se da lectura al veredicto con el que el jurado popular asume la versión de los hechos que ofrece José Diego Yllanes, el autor confeso de la muerte de Nagore Laffage.

20 de noviembre
: Dieciséis meses después de la muerte de Nagore Laffage, el magistrado del proceso por la muerte de la joven, Francisco Goyena, pone punto final al juicio más mediático de los últimos años condenando a Yllanes a una pena de 12 años y seis meses de prisión. Goyena, en la sentencia, califica los hechos como constitutivos de un delito de homicidio con el agravante de abuso de superioridad.

- 2010:

1 de marzo: El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa deja vistos para sentencia los seis recursos presentados por todas las partes, salvo por el fiscal, contra el fallo que condenó a José Diego Yllanes a 12 años y medio de prisión por la muerte de Laffage.

16 de marzo:
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN confirma la pena de 12 años y 6 meses de prisión a José Diego Yllanes por la muerte de Nagore Laffage durante los sanfermines de 2008, y desestima los recursos de la familia y de las acusaciones populares, que solicitaban una condena por «asesinato» y no por «homicidio». También desestima el recurso de la defensa de Yllanes, que pedía una reducción de la pena.

22 de setiembre: La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone al recurso presentando por la familia para revisar la pena de doce años y media impuesta a Yllanes.

12 de noviembre: 
Se presenta en Irun el documental ‘‘Nagore’’, tras su paso por la Semana Internacional de Cine de Valladolid. Este trabajo, dirigido por la cineasta navarra Helena Taberna, reconstruye la muerte de la joven estudiante de enfermería y denuncia la violencia machista en la gran pantalla.
 
25 de noviembre: La sala de lo penal del Tribunal Supremo español delibera a puerta cerrada los argumentos presentados contra la sentencia dictada en marzo pasado por el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa

27 de diciembre: El Tribunal Supremo español confirma la condena a 12 años y 6 meses de cárcel por un delito de homicidio impuesta a  José Diego Yllanes.

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