Dos militares que agredieron a Mikel Martín son condenados a 2 años de cárcel
GARA |
El Juzgado de lo Penal número 5 de Donostia ha condenado a dos de los cuatro militares españoles que agredieron el 13 de enero de 2005 en la capital guipuzcoana al militante de Zutik y portavoz de EHGAM Mikel Martín a sendas penas de 2 años de cárcel como responsables de un delito de lesiones. A estas dos personas, el ya ex militar Cristian José Rivera y Alberto Luengo Luque, se les considera también responsables de una falta de desobediencia a la autoridad, por lo que deberán afrontar otra pena de 30 días de multa.
Los otros dos militares implicados en los hechos que se juzgaron el 5 de octubre de 2010, Daniel Carrillo Perles y José Antonio Rodríguez Herrero, son también condenados por un delito de omisión del deber de impedir delitos a sendas penas de 15 meses de multa. Además, los cuatro condenados deberán indemnizar de forma conjunta a Martín con 7.670 euros por las lesiones que le causaron, las jornadas que tardó en recuperarse de la brutal agresión y las secuelas, y 45 euros más por la rotura de su ropa, junto con el pago de las costas del proceso.
La titular del Juzgado sentencia que queda acreditado que Rivera y Luengo propinaron patadas y puñetazos al militante de Zutik, aunque no atiende a las lesiones sicológicas planteadas por la acusación particular, ejercida por el letrado Miguel Castells. Estos dos militares en el momento de los hechos son sancionados por desobedecer a los policías que acudieron al lugar, en pleno centro de la capital guipuzcoana, mientras a sus dos compañeros, Daniel Carrillo y José Antonio Rodríguez, se les condena por no impedir la acción de sus compañeros.
Orientación sexual
La jueza María Alemán Ezcaray sentencia que no queda probado el agravante alegado por la acusación particular y la popular -ejercida en este caso por Zutik- de que los agresores, pertenecientes a la Brigada de Para- caidistas de Alcalá de Henares, conocieran la orientación sexual del portavoz de EHGAM. Lo mismo cree la magistrada respecto con la ideología de la víctima, al estimar por lo escuchado en la vista oral que los acusados lo desconocían.
Tras el fallo, las defensas de los condenados tienen la posibilidad de recurrir la sentencia ante la Audiencia de Gipuzkoa en los próximos días. Esta resolución judicial se produce después de que en mayo de 2007 se suspendiera un primer juicio por un «fallo procesal», al no comparecer uno de los militares.