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Alvaro Reizabal Abogado

Otra vez la Audiencia Nacional

Me qued� boquiabierto al ver al mism�simo Rajoy clausurar la convenci�n del PP de Sevilla jaleado por el p�blico asistente, al que el autoproclamado pr�ximo presidente saludaba pu�o en alto, saludo �ste que le coloca en el entorno

En m�s de una ocasi�n nos hemos referido a resoluciones de la Audiencia Nacional, y es que se trata de un �rgano judicial que nunca deja de sorprender. Sirve para todo. Lo mismo juzga asuntos de delitos cometidos por organizaciones armadas que los servicios m�nimos de una huelga, que proh�be o autoriza manifestaciones o resuelve sobre conflictos laborales o de tr�fico de drogas o de moneda falsa. Vamos, que vale para un roto y para un descosido, y adem�s resulta sorprendente en muchas de sus decisiones. Hoy nos referiremos a dos de signo, por cierto, bien diferente.

La primera es la sentencia que condena a seis a�os de c�rcel a un vecino de Atarrabia. Obviamente esto no es noticia, sino el pan nuestro de cada d�a en ese tribunal, pero en cambio s� resulta novedoso uno de los elementos tenidos en cuenta para sustentar la condena: la forma en que el acusado salud� al p�blico asistente al juicio, con el pu�o en alto, algo que, seg�n la sentencia, la experiencia demuestra que es caracter�stico de individuos si no integrados en ETA, s� que, al menos, se sit�an en su entorno o son afines a esta organizaci�n. Me qued� boquiabierto al leerlo, y mucho m�s al ver al mism�simo Rajoy clausurar la convenci�n del PP de Sevilla del pasado fin de semana jaleado por el p�blico asistente, al que el autoproclamado pr�ximo presidente saludaba pu�o en alto, saludo �ste que le coloca en el entorno. �Proceder�n contra �l?

La segunda es la sentencia del caso Udalbiltza, que sorprende por todo lo contrario, aunque ya exist�a el precedente de la de �Egunkaria�. Lee uno la resoluci�n y se encuentra con afirmaciones sumamente interesantes tanto en el marco de lo procesal como en el de lo material. Y as� se hace un an�lisis del valor de los informes elaborados por miembros de las fuerzas de seguridad que hasta ahora eran la prueba angular en este tipo de procesos y se afirma que s�lo en algunas ocasiones pueden considerarse como aut�nticas pericias. Se critica el an�lisis de los documentos que llevan a cabo las acusaciones, que �nicamente tiene en cuenta los elementos incriminatorios y desde�an los exculpatorios. Se rompe tambi�n con el hilo conductor de todos estos macrosumarios, que no es otro que el �todo es ETA� y se establece que la mera coincidencia con algunos de los objetivos pol�ticos de la organizaci�n no es penalmente relevante o que no puede calificarse de terrorista el intento de creaci�n de una legalidad alternativa so pretexto de que se pretende alterar la legalidad constitucional, o sea que no era punible todo aquello que justific� la instrucci�n, del intento de creaci�n de un estado paralelo con el EHNA, etc. Hasta se elogia la actuaci�n de la defensa. Ya era hora. Pero, claro, siendo todo esto as�, uno no puede dejar de preguntarse: �qu� hacen en la c�rcel, desde hace a�os, los condenados con argumentos diametralmente opuestos en el sumario 18/98 o en todos los dem�s macrosumarios?

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