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El Tribunal de Estrasburgo avala el crucifijo en la escuela pública

El Tribunal de Europeo de Derechos Humanos rectificó ayer la sentencia en la que había fallado que la presencia de los crucifijos en las aulas de la escuela pública era un símbolo religioso que podía molestar a practicantes de otras creencias o ateos. La sentencia definitiva del Tribunal entiende que «es un símbolo pasivo» y minimiza su influencia sobre el alumnado.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rectificó ayer su sentencia de noviembre de 2009, al fallar que la presencia de crucifijos en las escuelas públicas italianas no viola el derecho a la educación ni la libertad de pensamiento y religión.

Su decisión, firme e inapelable, salió adelante con 15 votos a favor y dos en contra, y señala que Italia no infringe el Convenio Europeo de Derechos Humanos y actúa dentro de los límites en el ejercicio de sus funciones en el terreno de la enseñanza, al mantener los crucifijos en las escuelas públicas.

La demanda contra Italia fue presentada en Estrasburgo en julio de 2006 por Soile Lautsi, una ciudadana italiana residente en Abano Terme (a 55 kilómetros de Venecia) que se había quejado de la exhibición de crucifijos en las aulas del instituto donde estudiaban sus dos hijos.

La primera sentencia de la Sala del Tribunal de Estrasburgo apoyó a la demandante por considerar que la presencia del crucifijo en las aulas públicas «podría interpretarse fácilmente por alumnos de todas las edades como un signo religioso», y que podría resultar «molesto» para los practicantes de otras religiones o los ateos.

Los 17 jueces de la Gran Sala del Tribunal entendieron ayer en cambio que la «percepción subjetiva» de la demandante acerca del «derecho del Estado a asegurar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones filosóficas» no supone una violación del citado Convenio. La sentencia constata también que aunque las autoridades italianas «dan a la religión mayoritaria del país una visibilidad preponderante en el ámbito escolar», eso no supone tampoco una violación del Convenio. «Un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas», dijo el texto de la sentencia.

La ministra italiana de Educación, Mariastella Gelmini, opinó que «se trata de una gran victoria para la defensa de un símbolo irrenunciable de la historia y de la identidad cultural de nuestro país». El crucifijo -añadió- «sintetiza los valores del cristianismo, los principios sobre los que se apoya la cultura europea y la propia civilización occidental: el respeto de la dignidad de la persona humana y de su libertad». A su juicio, en las escuelas, «no representa una amenaza para el laicismo del Estado, ni para la libertada religiosa»,. El ministro de Exteriores, Franco Frattini, subrayó, que «hoy ha vencido el sentimiento popular de Europa». Añadió que con esta sentencia se revaloriza la «historia y la identidad de los países europeos».

Decepción

En cambio, los demandantes declararon su decepción, porque «la primera sentencia era perfectamente clara», declaró Massimo Albertin, médico que presentó la demanda hace ocho años, junto a su esposa, Solile Lautsi.

Albertin dijo que quería leer toda la sentencia para comprender sus motivos. «Parece que tiene que ver con el margen de apreciación sobre la aplicación de los derechos humanos, a propósito de la que el Tribunal puede decidir dejar más margen a los estados en algunos campos», añadió. «Pero si hay derechos que respetar, no se entiende por qué estos pueden ser diferentes de los de Francia o de otros países de la Unión Europea», dijo.

El Vaticano acogió con satisfacción el fallo, que consideró «muy trabajado y que hace historia».

reacciones

Tanto el Gobierno italiano como el Vaticano expresaron su satisfacción por la sentencia, al identificar el crucifijo con los valores occidentales.

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