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EL PAÍS | José Yoldi 2012/4/2

El Constitucional se hace trampas al solitario

(...) «la doctrina Parot es el denodado intento de los custodios de la legalidad de hacerse trampas al solitario». Lo afirma un magistrado que prefiere mantener el anonimato para ahorrarse problemas. Aunque en la aplicación de la citada interpretación legal las trampas no son inocuas, porque afectan a derechos que las leyes otorgan a presos que han sido condenados por terrorismo, tráfico de drogas o violación.

(...) En esencia, el Supremo, en contra de la interpretación que llevaba vigente desde 1973, estableció que los beneficios penitenciarios había que descontarlos de la totalidad de la condena impuesta y no de los 30 años, máximo de cumplimiento en los que se refundía la condena. De facto, la sentencia impedía excarcelaciones y prorrogaba la condena hasta 12 años más en algunos casos.

Varios catedráticos, como Enrique Orts, José Cerezo Mir o Joan Queralt han tachado la doctrina Parot de inconstitucional. Para la mayoría, vulnera los principios de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, de seguridad jurídica y de igualdad, así como los derechos a la tutela judicial efectiva y a la reinserción social.

Ahora, el Constitucional no ha querido entrar en el fondo de la doctrina Parot y simplemente ha declarado que su aplicación no era procedente en tres de los 31 recursos que tenía planteados porque solo esos tres presos tenían liquidaciones de condena firmes. Todo parece indicar que el alto tribunal, como antes el Supremo, ha resuelto su problema con un ojo puesto en el principio de oportunidad política.

No deja de ser vergonzoso que el Constitucional, que ya estudió estos casos en mayo de 2011, haya tardado nada menos que seis años en pronunciarse sobre una doctrina que se aplicó para prolongar la condena a 77 presos, algunos de los cuales ya han quedado en libertad tras cumplir la prórroga, como Jon Agirre Agiriano o José María Sagarduy. Seguro que hay malpensados que creen que no es casualidad que la decisión del Constitucional se haya producido cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene previsto fallar antes del verano sobre si la citada doctrina vulneró derechos fundamentales de la etarra Inés del Río. ¿Se imaginan que el Tribunal de Estrasburgo condene a España por vulnerar los derechos que contienen sus propias normas, o sea, por hacerse trampas al solitario? Inenarrable.

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