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ANÁLISIS | RESCATE ECONÓMICO A CHIPRE

Inversores y depositantes

Los autores aseguran que en el confuso proceso de rescate bancario en Chipre es «esencial» clarificarlo ante la opinión pública y para que los responsables políticos expliquen el carácter excepcional de esa actuación. Debe ser «inmediata» por parte de la Comisión Europea.

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El contexto generado alrededor del confuso proceso de rescate bancario en Chipre puede representar, como ya hemos explicado, un verdadero punto de inflexión en las políticas anti-crisis de la Unión Europea, mediante la sustitución de la imputación de los costes de la crisis a la economía real por la repercusión de los mismos sobre el mercado de capitales a través de sus inversiones en las entidades financieras en crisis.

No obstante, la confusión generada por el desordenado proceso de rescate de Chipre obliga a clarificar determinados puntos esenciales de esta cuestión.

En nuestra opinión, esta clarificación es imprescindible y la Comisión Europea debería abordarla de forma inmediata. A nadie se le escapa la trascendencia política de un posible cambio de rumbo en las políticas anti-crisis europeas. Tampoco que, como sucedió en 2009, los poderes centrales del mercado financiero van a utilizar todos sus instrumentos directos e indirectos -y, muy especialmente, los medios de comunicación- para frenar o condicionar esta reorientación.

Es esencial, por ello, no dar innecesarias excusas a estos sectores para alimentar sus ataques a la posible reorientación de las políticas anti-crisis y, en particular, a la implicación de los inversores en la resolución de las crisis bancarias.

Nos estamos refiriendo fundamentalmente a las dudas surgidas en relación con la imputación de los costes del rescate bancario a los grandes depositantes, titulares de depósitos superiores a 100.000 euros.

En nuestra opinión, es esencial clarificar ante la opinión pública y los responsables políticos el carácter excepcional del caso de Chipre. Como ya hemos puesto de relieve, los depósitos bancarios en Chipre multiplican varias veces el PNB de este pequeño país y es claro, por lo tanto, que no responden a una canalización natural del ahorro generado por la propia economía chipriota sino, de forma mayoritaria, a inversiones con objetivos especulativos o fiscales. En Chipre, la imputación de pérdidas a accionistas y acreedores del mercado de capitales es claramente insuficiente para absorber una parte significativa del coste del rescate.

Estas son las razones básicas de que la imputación del coste del rescate a los depósitos superiores a 100.000 euros haya sido un elemento central de la resolución del problema en Chipre.

Pero, por las mismas razones, esto no quiere decir que la solución a plantear en otros casos sea equivalente. Al contrario, los principios de resolución ordenada de las insolvencias bancarias requieren, como es lógico, que las pérdidas se repercutan sobre accionistas en primer lugar y sobre acreedores del mercado de capitales a continuación. En casi todos los casos, esta imputación es más que suficiente para compensar las pérdidas generadas o latentes y hacer innecesaria cualquier repercusión sobre depositantes o sobre los presupuestos públicos.

Clarificar esto es absolutamente esencial en este momento. No nos cabe ninguna duda de que los medios de comunicación van a utilizar el caso de Chipre para alarmar a los depositantes europeos y crear una atmósfera hostil al propio concepto de «bail-in» o de implicación de los inversores en la absorción de las pérdidas. De hecho, ya lo están haciendo -con una extraordinaria agresividad- durante estos días.

La confusión que algunas declaraciones públicas están generando al respecto y la premeditada confusión provocada por quienes quieren oponerse a toda costa a la necesaria reconducción de las políticas anti-crisis europeas es un peligro al que debemos hacer frente de forma inmediata.

Es esencial clarificar ante la opinión pública europea que el objetivo de esta reconducción de las políticas de resolución de las crisis bancarias se basa en el concepto de responsabilidad de los inversores. Y que ello implica responsabilizar a los accionistas y, en segundo lugar, a los acreedores del mercado de capitales que, habitualmente, invierten en las entidades de crédito a través de cédulas y bonos a medio o largo plazo. La implicación en la absorción del coste del rescate de los grandes depositantes en el caso de Chipre ha sido una excepción, innecesaria en la gran mayoría de entidades bancarias europeas.

Esto no significa que los grandes depositantes no tengan por qué ser en ningún caso responsables. Lo serían, en teoría, en aquellas entidades bancarias en las que los recursos de accionistas y acreedores inversores fuesen insuficientes. Pero poner sobre la mesa esta posibilidad teórica en este momento es absurdo y sólo puede servir para alentar las campañas mediáticas destinadas a inducir el miedo entre los depositantes europeos.

Las razones de fondo de esta diferenciación son evidentes. Los depositantes, con carácter general, no han colocado sus recursos en una entidad bancaria con un objetivo de inversión mediante la obtención de una rentabilidad, sino con un mero objetivo de ahorro, ante la necesidad de mantener sus recursos disponibles en una ubicación segura y a través de la cual puedan gestionarse eficientemente operaciones de cobro y de pago. La rentabilidad de estos depósitos es un objetivo de segundo nivel. No ocurre lo mismo con los inversores a través de cédulas y bonos, que buscan fundamentalmente rentabilizar sus recursos.

La función de ubicar y preservar los depósitos bancarios es esencial en la economía, mientras que la función de retribuir inversiones a través de cédulas y bonos es desempeñada de forma similar por las entidades bancarias y otras entidades emisoras de este tipo de títulos.

Por todo ello, consideramos esencial que las declaraciones públicas de los representantes de las instituciones europeas mantengan con claridad la diferenciación entre depositantes e inversores, explicando cuantas veces sea necesario que el objetivo de las nuevas estrategias de resolución de crisis bancarias es, precisamente, hacer recaer el coste de las mismas sobre los accionistas y, en segundo lugar, sobre los inversores, con el fin de salvaguardar los depósitos y los presupuestos públicos.

Hacer referencia pública a la posibilidad teórica de que, en algún caso concreto, los mecanismos de resolución bancaria pudiesen llevar a la implicación parcial en la misma de los grandes depositantes es, en este momento, políticamente poco hábil y, probablemente, muy peligroso.

El poder financiero no va a quedarse quieto en este debate y va a utilizar todos los instrumentos a su alcance para evitar el riesgo de pérdida de su posición política dominante que estas nuevas políticas anti-crisis pueden fácilmente suponer.

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