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Condena a Asepeyo por no reconocer una enfermedad profesional

GARA | DONOSTIA

El juzgado de lo Social número 2 de Donostia ha rechazado la pretensión de Asepeyo de «obstaculizar y eludir» el reconocimiento de la enfermedad profesional y el pago de las indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional de un montador de muebles de la empresa Lar Etxeko Altzariak de Azpeitia, según informó CCOO de Euskadi.

El trabajador está afectado de una hipoacusia neurosensorial bilateral asimétrica, con una mayor pérdida auditiva en el oído izquierdo. El Instituto de la Seguridad Social, siguiendo el criterio de Asepeyo, rechazó el origen profesional de la pérdida auditiva argumentando que no es simétrica en ambos oídos.

La sentencia recoge que «aunque sea asimétrica, es bilateral, no constatando que el montador de muebles tenga antecedentes de problemas auditivos debido a otitis, a pesar de haberlo alegado la Mutua, ni constar de antecedentes médicos». Señala que «la particularidad de la postura y de fuente sonora en su trabajo hacen que el ruido incida con mayor intensidad en el oído izquierdo».

CCOO destacó que este fallo se suma a «otros muchos» que condenan a las Mutuas y que deja al descubierto los «déficit preventivos».

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