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Gara > Idatzia > Iritzia > Kolaborazioak 2006-08-10
Koldo Amatria
Las multas del Gobierno

Al hilo del artículo de Gregorio Ubierna Güemes «El Estado nos quita mucho dinero con multas», publicado por GARA el pasado día 3 de agosto, me tomo la molestia, bastante para quien no está acostumbrado a hacerlo, de escribir una serie de reflexiones sobre distintas obligaciones.

Llevo defendiendo en las típicas tertulias de amigos o familiares que algunas obligaciones que se nos imponen, alegando en muchas ocasiones que velan por una mayor seguridad de la ciudadanía, y que las asumimos sin decir esta boca es mía, además del ánimo recaudatorio en algunas de ellas, van en contra de las libertades individuales y de la capacidad de decidir y asumir unos riesgos que son totalmente voluntarios, y que no implican en ningún caso poner en peligro la integridad física o las libertades individuales de los demás. Sabemos, por otra parte, que estamos asistiendo a la desaparición de muchos logros conseguidos tras años de luchas populares, en los ámbitos políticos, sindicales, festivos...

Y quiero centrarme en dos de estas obligaciones que, en mi opinión, coartan un poco más nuestras libertades personales y están ambas de actualidad: una por ser temporada de verano (la obligación de hacer caso a los socorristas en las playas) y la otra (el cinturón de seguridad y su obligatoriedad) por acabar de imponerse y, tras los primeros resultados oficiales, parece que es la panacea para la eliminación de los siniestros en el tráfico rodado.

Vamos con la primera obligación: la de hacer caso a los socorristas de las playas, en caso de haber sido colocada una bandera roja o amarilla, cuando nos indican que está prohibido el baño o limitado a una determinada zona.

Si vamos a una playa y vemos una bandera roja o amarilla, interpretamos que el mar no está en condiciones para darse un baño tranquilo y placentero y nadar como si de una piscina olímpica se tratase. Pero si decidimos bañarnos y pelearnos un rato con las olas y la resaca, sabemos que corremos el riesgo de sufrir un percance que incluso puede acarrearnos la pérdida de la vida. ¿Quién es quién para obligarme mediante una sarta de silbidos a salirme del agua si he decidido correr ese riesgo voluntariamente?

¿No sería suficiente con indicarnos los peligros que corremos y que cada cual asuma su responsabilidad? Si los socorristas están en la playa para socorrer, y ellos mismos marcan, en caso de bandera roja o amarilla, la zona que está bajo su control, están obligados, en esa zona, a intervenir en caso de que sea necesaria esta intervención. Si alguien se introduce en el mar y lo hace fuera de esas zonas marcadas, será bajo la única responsabilidad del bañista y el socorrista no se verá obligado a intervenir, puesto que el bañista se ha saltado una norma y unas indicaciones que se le han dado. Si, a pesar de todo, el bañista está en peligro y se interviene para sacarlo del agua, existen unos mecanismos que le harían correr con los gastos ocasionados. Porque, haciendo comparaciones, ¿no es cierto que a determinados montes es peligrosa su ascensión en determinadas condiciones? Pero, afortunadamente, nadie nos ha prohibido ir al monte, porque conocemos, o así lo interpretamos cuando vamos, nuestra capacidad para sortear los distintos peligros que se nos puedan presentar en su ascenso-descenso. Hay que hacer, en ocasiones arriesgadas trepadas y destrepadas. Pero, repito, afortunadamente, nadie nos prohíbe hacer determinada excursión. ¿Por qué, entonces, cuando hay mar fuerte, no se deja al libre albedrío de cada cual la decisión de bañarse o no? Y si es tan peligroso introducirse en el mar, ¿por qué los socorristas dejan su puesto a las siete de la tarde (creo que es a esa hora), con las playas en muchas ocasiones todavía a rebosar de gente, recogen las banderas y allá cada cual con su cuerpo?

Y vamos con la otra obligatoriedad: la del uso del cinturón de seguridad.

Su obligatoriedad, creo, alcanza a cualquier vía de circulación, ya sea ciudad, aunque estés metido en un atasco de la avenida de la Baja Navarra de Iruñea y no puedas circular a más de 20 kms. por hora, ya en carretera, pudiendo ser detenido, si no lo llevas colocado, en cualquier momento y multado con la sencilla cantidad de 150 euros, siendo la misma cantidad la que te que te aplicarían si te pillan, por ejemplo, bajando el puerto de Azpirotz a 120 km/hora, que en el citado atasco de la avenida de la Baja Navarra. Además de los tres puntos del carné.

¿Por qué es obligatorio su uso? Si es para reducir el número de accidentes en las carreteras, no hay razón de peso que sustente esta obligatoriedad, puesto que lo mismo nos vamos a saltar un stop con el cinturón puesto que sin el cinturón. El mismo peligro tiene un adelantamiento en cambio de rasante con el cinturón puesto que sin él. Y el límite de velocidad se puede superar con el cinturón y sin él.

Me dicen, por ejemplo, que el cinturón impide que una persona en caso de frenazo brusco salga despedida por el cristal delantero. Este razonamiento no es válido, puesto que el conductor es casi imposible que salga despedido ya que se lo impediría el volante y el air-bag. De todas formas, vayamos a las estadísticas y que nos muestren cuántos ocupantes han salido despedidos por el cristal delantero y han ocasionado lesiones a los ocupantes del vehículo con el que han chocado de frente. Si esta posibilidad existiese, entonces deberían prohibir la circulación a las motos, pues en estos vehículos sí que es real tal posibilidad, puesto que sus ocupantes no van sujetos al vehículo de ninguna forma, y en un choque frontal sí que salen despedidos por encima de la motocicleta, impactando sobre el vehículo contrario.

No voy a poner en duda la eficacia, en un gran porcentaje de los accidentes, de los cinturones para prevenir males mayores. Pero si el número de accidentes no se reduce por el uso obligatorio del cinturón de seguridad y únicamente se mitigan los efectos sobres las personas accidentadas, ¿por qué su obligatoriedad? ¿No estamos en el mismo supuesto de los bañistas en las playas con banderas de peligro o los montañeros ante excursiones comprometidas?

Cuando nos montamos en el coche somos totalmente conscientes del riesgo que asumimos de sufrir un accidente con peligro para nuestra integridad física. Riesgo no tan alto si comparamos fríamente las cifras de usuarios de las carreteras y las de accidentes que se producen (y no desprecio a ningún muerto en carretera: desgraciadamente en mi familia se cuenta con un fallecido y otros heridos graves en distintos accidentes).

Entonces, ¿cuál es el motivo de esa obligatoriedad?

En mi opinión, hay una razón «oficial» y dos «extraoficiales».La «oficial» es la por todos conocida: la disminución de la importancia de las heridas sufridas en un accidente e incluso la reducción del número de fallecidos y, por lo tanto ­y aquí enlazamos con una de las dos, en mi opinión, razones «extraoficiales»­, la disminución del importe de la cuenta sanitaria de las empresas aseguradoras. Porque ¿en quién recae el coste de la asistencia sanitaria de los accidentados? Pues una parte muy importante en las citadas compañías de seguros. Y las empresas de seguros ¿para qué están creadas? Están creadas, y eso lo sabéis todos tan bien como yo, para hacer ganar más dinero a sus accionistas. Accionistas que, casualmente, son los mayores bancos, los mayores grupos de poder económico... En una palabra, el capitalismo puro y duro que en su día, así me lo he imaginado desde siempre, habría presionado ante las instancias necesarias para que se impusiese la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad y, en consecuencia, les redujese sus costes sanitarios.

Si les saliese tan caro a las empresas de la construcción, por poner un ejemplo, el coste sanitario de un accidente laboral como les sale a las aseguradoras el coste sanitario de un accidente de circulación, ¿no creéis que se preocuparían mucho más de hacer cumplir todas las normas de seguridad, a fin de evitar esos accidentes?

Y en el caso que nos ocupa hay dos formas de ganar más dinero: una subiendo las cuotas de los seguros (¿os suena lo de «bonus-malus»?), y la otra haciendo disminuir los gastos que puedan tener por asistencia sanitaria a sus asegurados accidentados, reducción que, como queda dicho, se logra en una parte importante por la obligatoriedad del uso del cinturón.

Y la segunda oculta razón es la ya mencionada por el citado articulista: el afán recaudador de la Administración. Afán, por otra parte, inagotable, y que en eso del cinturón de seguridad ha encontrado un verdadero maná. Pues ¿cuántas personas sienten verdadero pánico a su utilización y prefieren el riesgo de ser «descubiertos» cometiendo una «infracción (¿?)»? ¿A cuántas se les olvida su colocación? ¿Cuántas no se lo colocan porque su desplazamiento va a ser corto: dentro del casco urbano o por carreteras colapsadas donde la velocidad alcanzada en casi ningún caso pueda suponer un riesgo para su integridad física en caso de un accidente? ¿Y cuántas se lo colocan en función del «riesgo» que van a correr en su desplazamiento?

Animo desde aquí a que alguna asociación de defensa de consumidores inicie los pasos necesarios, es decir, recurra allá donde sea necesario para conseguir que ambas prohibiciones sean derogadas y así recuperar esos pequeños espacios de libertad personal que se nos han arrebatado. -


 
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