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Felix Etxeberria Catedrático de la UPV-EHU

El caso Ermua

El catedrático de Pedagogía de la UPV-EHU Felix Etxeberria aportó a los Cursos de Verano de la UPV-EHU de 2006 su análisis del caso Jokin, por la gran repercusión que tuvieron los hechos en torno a la muerte del joven hondarribiarra. Hoy, días después de la agresión sufrida por una joven en Ermua, ofrece a los lectores su reflexión al margen de cualquier sensacionalismo, situando equilibradamente el suceso y el problema subyacente en parámetros de racionaliad.

En primer lugar, el hecho ocurrido en Ermua, con la brutal agresión a una chica de 15 años es un suceso muy grave que no admite ningún tipo de atenuante. En segundo lugar, esta agresión no encaja exactamente en lo que venimos en llamar acoso escolar, aunque no por eso es menos grave. No está tan claro que sea acoso escolar por varias razones: en primer lugar, al parecer, es el resultado de un conflicto anterior o rivalidad entre dos jóvenes, no se trata de una constante persecución de unos escolares hacia otros, no se trata de un caso de agresiones o acoso mantenido en el tiempo y dentro o en periodo escolar. Por otra parte, parece que los hechos ocurrieron en unas pistas deportivas, en día de domingo. Con esto no se quiere minimizar el hecho, pero sí colocarlo en su verdadero contexto. No se trata de un problema de acoso durante las clases, sin que el profesorado sepa lo que ocurre, o que haya fallado el programa de prevención escolar.

El País Vasco es la comunidad autónoma que más desarrollados tiene los programas de convivencia en la escuela, con más de 300 centros llevando a cabo este tipo de experiencias que pretenden prevenir los problemas y desarrollar fórmulas de convivencia en las aulas. Por otra parte, tal y como reflejan los distintos informes emitidos por el Ministerio de Educación y Ciencia español, el País Vasco figura a la cabeza de los mejores indicadores de calidad educativa, con menor fracaso escolar, menos repetidores, más recursos, más alumnado escolarizado, menor número de alumnos por aula, etc. Respecto al tema de la violencia escolar, existen documentos, materiales y protocolos de actuación, teléfonos de atención y otros recursos para que quienes estén interesados en abordar el tema de la violencia en las aulas puedan tener los medios adecuados para trabajar en esa línea (www.hezkuntza.net). Fue precisamente a partir del caso Jokin cuando más se desarrolló este tipo de actuación, aunque antes de que ocurriera el desgraciado suceso de Hondarribia ya existían los planes de convivencia en las escuelas.

Estamos asistiendo a un nuevo modo de acoso escolar, el acoso (al sistema) escolar. Es lo que hace algún «experto», utilizando unos informes «científicos», como el estudio Cisneros, y arremetiendo contra el sistema educativo vasco y defendiendo que este caso, al igual que el de Jokin, es debido a la falta de atención que existe por parte de la Consejería de Educación hacia los «gravísimos» problemas de convivencia que se viven en las escuelas del País Vasco y, en consecuencia, responsable del clima de violencia que vivimos en nuestro país. Según este informe, las cifras «reales» de acoso escolar en nuestras escuelas son del 27%, algo que toda la comunidad científica niega, porque los datos más aceptados se sitúan en torno al 6 %. Expertos como Rosario Ortega coinciden en afirmar que la cifra en torno al 6 % es la más real. También va en esa línea el reciente informe elaborado para la Comunidad de Madrid. Si el acoso escolar fuera del 27%, prácticamente todos los alumnos serían acosados o acosadores y la vida escolar sería insoportable en el día a día. No es esa la realidad de nuestras escuelas.

Una vez hecha la investigación y demostrada la responsabilidad de los agresores, parece lógico que su actuación tenga las consecuencias que deben producirse, o que sean castigados en la medida que corresponda.

En todo caso, si los alumnos implicados en este caso han pasado por diversas instituciones y organismos de educación, también habrá que preguntarse por las responsabilidades de quienes han sido sus formadores.

Finalmente, divulgar los datos confidenciales de los menores, víctimas y agresores, publicando sus historiales clínicos o sus supuestos problemas familiares, es una falta de respeto hacia los derechos de los menores. El artículo 16 de los Derechos del Niño (ONU, 1989) dice así: «Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o su reputación. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra este tipo de injerencias o ataques».

Mucho más grave es que con la divulgación de esa información se quiera dar a entender que las agresiones o la paliza están en cierto modo justificadas, o que es la consecuencia lógica del tipo de vida, de las características personales y de la situación familiar que tienen las víctimas y los agresores.

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