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Garbiñe BIURRUN juez, Lolo RICO escritora, Julio ARRIOLA profesor UPV/EHU y Periko IBARRA profesor UPV/EHU

El canon de la vivienda digna

La propuesta de gravar con un canon las viviendas vacías genera, en opinión de los firmantes de este artículo, un debate necesario, dada la situación que sufren miles de personas que no pueden acceder a una vivienda digna. Consideran, además, que las dificultades que algunas personas e instituciones ven en la gestión de este canon son salvables, máxime teniendo en cuenta que el Gobierno Vasco, con la inspección de las viviendas de VPO ya tiene la experiencia suficiente para comprobar con garantías las viviendas que se encuentran desocupadas.

El debate que ha suscitado la propuesta planteada desde el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales de gravar con un canon las viviendas vacías es del máximo interés. En él se mezclan derechos, actitudes, una imprescindible política de suelo sostenible y, en definitiva, la concepción misma de la vida en sociedad. Los que suscribimos este artículo, después de un pormenorizado estudio, hemos concluido que el canon que se propone tiene una clara finalidad social. Y además, pensamos que necesitamos poner en activo una cultura de participación y de debate para entender las políticas públicas, para acercarlas a la ciudadanía.

Nos encontramos en una situación de urgencia que tiene un efecto devastador sobre las vidas de miles de personas, en especial jóvenes, que no pueden desarrollar un proyecto autónomo de vida porque no tienen posibilidad de acceder a una vivienda en el mercado libre dado lo prohibitivo de sus precios. Un mercado libre que se ha convertido en un alarmante factor de profunda desigualdad social. Y ante esta situación y la difusión de la propuesta del canon nos enfrentamos a dos tipos de actitudes. Por una parte, un sector de la población vasca se manifiesta a favor de la medida, valorando el hecho de que un activo improductivo pueda ser utilizado para cubrir una necesidad urgente. Por otra, diversas entidades empresariales y otro sector social de la ciudadanía se posicionan en contra, estimando que la medida ataca al derecho a la propiedad privada.

En el fondo de esta pugna se sitúa la concepción sobre los propios fundamentos de la vida en sociedad. Quienes ven natural la presión de las instituciones para posibilitar la puesta a disposición de esas viviendas entienden la vida en comunidad como un ámbito de encuentro y de solidaridad. Quienes, por el contrario, apuestan por defender el derecho de propiedad a capa y espada han sucumbido a los nuevos tiempos del individualismo. En este sentido, creemos que el debate tiene un valor añadido, ya que permite situar las posiciones de cada cual en lo relativo a la vida en común.

La Constitución Española recoge en su articulado tanto el derecho a la propiedad como su función social: 33.1.- Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 33.2.- La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. E insiste en el artículo 128: «1.- Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general».

Esta función social es la que habilita al legislador para la conformación del contenido de cada tipo de bienes. Cuanto mayor es la relevancia económica y social del bien, mayor grado de limitación debe establecer el legislador para que se cumpla con su función social, que en el caso de la vivienda no es otra que la de servir de alojamiento.

Desde este punto de vista, mantener desocupada una vivienda, en una situación de necesidad como la actual, se puede considerar una actitud antisocial o de lujo. Pero en todo caso, la medida está perfectamente encajada en la Constitución.

Por el contrario, determinadas interpretaciones del derecho de propiedad como un derecho absoluto e ilimitado sí podrían considerarse no acordes a la Constitución. El problema es que tras demasiados años de capitalismo poco controlado y de individualismo consumista muchos han llegado a creer que éste es el modelo legítimo, y es posible que así sea en otros estados, pero no en el nuestro, en el que difíciles equilibrios entre orientaciones ideológicas y entre clases sociales dieron luz a una carta magna de carácter social que recoge tanto el derecho a una vivienda digna como la función social de la propiedad. Con esta propuesta queda claro que el Gobierno Vasco no persigue el hecho de tener varias viviendas en propiedad, sino el tenerlas desocupadas.

Ante este debate tan necesario, queremos resaltar que el canon sobre las viviendas vacías, de llevarse a cabo en el futuro, pretende concienciar a sus propietarios para que esas viviendas se pongan en el mercado y puedan ser utilizadas por una persona necesitada. Aquí es clave obtener la información precisa. Nosotros la hemos solicitado y contrastado y podemos decir varias cosas. Sabemos que muchos propietarios tienen reticencias a alquilar sus viviendas porque no se fían de que les paguen o de que los inquilinos las cuiden, o porque las viviendas requieren de cuantiosas inversiones para ser habitables. Pero ya sabemos que el Gobierno Vasco puso en marcha hace tres años el Programa Bizigune, que pretende precisamente resolver esas incertidumbres mediante la garantía que ofrece la cesión de las viviendas al Gobierno. Un Gobierno que ha sabido hacer los deberes ya que antes de gravar las viviendas vacías, ha fomentado de diversas maneras el alquiler social y ha puesto las medidas que lo favorecen.

Es el Gobierno el que se encarga de alquilar y de devolver en perfecto estado las viviendas a sus propietarios al finalizar el plazo convenido. Y mientras, el propietario recibe mensualmente una cantidad fija. Además, si la vivienda precisa ser rehabilitada, al préstamo sin interés (deducible de los pagos mensuales) que tiene el Programa Bizigune se añade ahora la posibilidad de acogerse a las ayudas a fondo perdido para rehabilitación que tiene el Gobierno. Son cerca de 3.000 los propietarios que han reconocido la seguridad de ese modelo y se encuentran muy satisfechos de haber tomado la decisión de ceder su vivienda al programa Bizigune.

La cuestión es que si, conociendo la dificultad de tantos ciudadanos para acceder a una vivienda y las seguridades que ofrece el Programa Bizigune, hay propietarios que no quieren dar el paso de alquilar esas viviendas, la sociedad está perfectamente legitimada para establecer un canon como el que se está proponiendo, de igual manera que se hace en otros países europeos.

Por otro lado, algunas personas e instituciones han manifestado su escepticismo sobre la aplicación del canon, suponiéndole enormes dificultades para identificar a efectos fiscales una vivienda como desocupada. Estamos convencidos de que los sistemas de control del fraude en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades son más complejos de lo que será gestionar el canon sobre las viviendas vacías. Pero además, resulta que el Gobierno tiene una experiencia de casi dos años en algo parecido, como es la inspección de viviendas de protección oficial vacías u ocupadas por personas no autorizadas. Y es perfectamente posible identificar como vacía una vivienda. En el caso de la inspección de VPO, no sólo se han declarado vacías decenas de viviendas sino que se han impuesto cuantiosas multas a sus propietarios y éstos las han pagado. Y todo ello sobre información de empadronamiento, de contratación de servicios, de consumos o de inspecciones directas.

En definitiva, el canon a las viviendas desocupadas se constituye como un instrumento más en una variada y ambiciosa política de vivienda que tiene como último objetivo posibilitar el acceso de toda la ciudadanía vasca a una vivienda digna.

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