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El Tribunal de la UE exige la devolución de las ayudas de las «vacaciones fiscales»

El Tribunal de Justicia de la UE volvió a exigir ayer la devolución de las ayudas que las diputaciones de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa concedieron en 1993 y 1994 a empresas a través de las denominadas «vacaciones fiscales». El fallo se suma al dictado en diciembre pasado.

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La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE da la razón a Bruselas y confirma que no se ha presentado ningún documento que acredite la identidad de los beneficiarios de las ayudas otorgadas en 1993 y 1994, la cuantía y los procedimientos llevados a cabo para recuperarlas. Las empresas creadas en esos años que cumpliesen determinados requisitos quedaban exentas del Impuesto sobre Sociedades durante diez ejercicios consecutivos en lo que se ha denominado «vacaciones fiscales».

En 2001, la Comisión Europea llegó a la conclusión de que ese régimen era «incompatible con el mercado común» y tenía un efecto perjudicial sobre la competencia, por lo que pidió a las autoridades del Estado español que suprimieran las ayudas y recuperaran las ya desembolsadas.

En 2005, y tras constatar que todavía no se había tomado ninguna medida concreta para recuperar los fondos, el Ejecutivo de la Unión Europea recurrió ante la Justicia de la UE.

Conocida la nueva sentencia, el Departamento de Hacienda de Lakua recordó que las normas a las que se refiere la sentencia «están derogadas hace 13 años» e indicó que «el impacto es inferior a otras normas forales de aprobación posterior».

Subrayó que la cuestión de fondo sobre si las normas forales constituyen ayuda de Estado o no «sigue sin resolverse», en referencia a la vista que se celebrará en enero en el Tribunal de Luxemburgo.

La Hacienda de Bizkaia también incidió en ese punto después de indicar que atenderán los requerimientos que pueda formular el Tribunal de la UE.

El diputado guipuzcoano de Hacienda y Finanzas, Pello González, admitió que aún mantiene «cierta dosis de optimismo» respecto al resultado final del contencioso, ya que «queda pendiente» de resolución un recurso ante la Corte de Luxemburgo.

Confebask, por su parte, reclamó que se respete «el principio de confianza legítima de las empresas y la buena fe en su actuar se quienes efectuaron una inversión, que ya no es posible retrotraer».

Aseguró que las empresas acometieron esas inversiones «al amparo de una normativa estrictamente legal, con arreglo al derecho interno y a anteriores actuaciones de la Comisión».

Indicó que lo ha que ha fallado el TUE «no es la legalidad de las ayudas, «que aún está pendiente, sino que ha venido a decir que las resoluciones de la Comisión son ejecutivas y que, a la fecha de la denuncia, esta resolución se había incumplido».

En enero

Lakua, las diputaciones de Bizkaia y Gipuzkoa y la patronal Confebask recordaron que la legalidad o no de las ayudas se resolverá en la vista fijada para los días 15, 16 y 17 de enero en el Tribunal de Luxemburgo.

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