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El TS dicta que la acusación popular no basta para un juicio como el del TSJPV contra el diálogo político

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El Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia del llamado «Caso Botín» y establece que la exclusión de la acción popular en las causas tramitadas por el procedimiento abreviado en las que ni Fiscalía y acusación particular actúan responde a una «decisión consciente del legislador» al respecto.

El fallo de este caso fue conocido recientemente, pero se esperaba a los fundamentos de la sentencia, puesto que podrían afectar a la causa que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco contra los dirigentes de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi, Rufi Etxeberria, Olatz Dañobeitia, Pernando Barrena y Juan Joxe Petrikorena, los miembros de la dirección del PSE Patxi López y Rodolfo Ares, y el lehendakari, Juan José Ibarretxe.

Este proceso sólo se basa en la petición de la acusación popular, ejercida por el Foro Ermua y la asociación Dignidad y Justicia, puesto que la Fiscalía solicitó el sobreseimiento y no existe acusación particular de ningún afectado directo.

La sentencia del Tribunal Supremo, hecha pública ayer, recoge expresamente que el artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que si el Ministerio Fiscal y el acusador particular -que representa a los directamente afectados- solicitase el sobreseimiento, «lo acordará el juez», lo que excluye en estos casos, al no mencionarla, a la acusación popular.

Así, el Supremo señala que dicha exclusión de la acción popular «es una decisión consciente del legislador, no es meramente arbitraria», se justifica «en lo concerniente a la organización del proceso y al principio de celeridad y equilibra la relación entre derecho de defensa y la multiplicidad de acusaciones».

Lakua pide el archivo

Nada más conocerse la sentencia del Tribunal Supremo, el Gobierno de Lakua volvió a solicitar el archivo inmediato del caso.

Según fuentes del Ejecutivo de Lakua, el Alto Tribunal «confirma punto por punto las tesis mantenidas por la Fiscalía y la Defensa del lehendakari», además «establece un principio consagrado en todos los paises de Europa». También las defensas del resto de los imputados participan de estas consideraciones.

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