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Condenan por «vulneración de derechos laborales» al Ayuntamiento de Dulantzi

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Dulantzi de Araba por «vulneración de los derechos fundamentales» en el ámbito laboral. La bibliotecaria fue agredida en varias ocasiones y no evaluaron los riesgos del trabajo.

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Juanjo BASTERRA |

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Dulantzi a indemnizar a una ex trabajadora por la «vulneración de derechos fundamentales en el ámbito laboral» debido a la omisión de la «debida evaluación de riesgos», según indicó la central sindical ELA, quien ha ejercido la defensa de la trabajadora.

Según relata la sentencia, la única trabajadora de la biblioteca municipal sufrió diferentes amenazas y una agresión sexual a comienzos de 2004 que le motivaron una incapacidad laboral por estrés agudo durante seis días. Una vez que el Ayuntamiento de esa localidad alavesa tuvo conocimiento de estos hechos, contrató un servicio de vigilancia hasta julio «sin que posteriormente se accediese a restablecerlo, pese a haber sido solicitado en dos ocasiones por la representante de ELA». Según indica la sentencia, en la que ha actuado como ponente Luis Fernando de Castro Fernández, la Alcaldía contestó a la central sindical que «esa medida preventiva era innecesaria».

Sin embargo, en noviembre fue, de nuevo, agredida la trabajadora «por un impacto de un perdigón», lo que motivó una nueva baja laboral. Tras una denuncia a la Inspección de Trabajo, ésta requirió al Ayuntamiento para que «efectuase una nueva evaluación de riesgos que contemplase las posibles agresiones a la bibliotecaria por parte del público». Sin embargo, el Consistorio no adoptó medidas en tal sentido. Por lo que la afectada con el apoyo de ELA demandó la extinción de trabajo y reclamó una indemnización de 30.000 euros. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declaró «la no existencia de vulneración de los derechos fundamentales».

Esta situación motivó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que sí ha aceptado esa vulneración de derechos de la trabajadora en base «al daño moral que ha producido la conculcación del derecho fundamental». También condena al Ayuntamiento de Dulantzi a indemnizar a la trabajadora con 6.194 euros .

ELA considera que se trata de una sentencia «muy importante», porque reconoce que muchas administraciones públicas se están olvidando de realizar las evaluaciones de riesgos de sus empleados. También incide en la necesidad de que todos los puestos de trabajo tienen que contemplar los riesgos posibles, por lo que es necesario que «también las administraciones públicas cumplan con la legislación en materia preventiva y no se olvide de la misma».

EVALUACIóN

La Inspección de Trabajo obligó a la administración local a llevar adelante una evaluación de riesgos, pero incumplió el mandato porque no lo creyó necesario. Sin embargo, la trabajadora sufrió nuevas agresiones

INDEMNIZACIÓN

La sentencia condena al empleador a indemnizar con más de 6.000 euros a la trabajadora afectada, que decidió marcharse de ese trabajo por los peligros que entrañaba ante la inexistencia de medidas de control y protección

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