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Lecturas enfrentadas de la sentencia sobre la obra de Nagel en Zornotza

Un juzgado de Bilbo ha sentenciado que el Ayuntamiento de Zornotza no podrá mover la escultura conocida popularmente como «La Patata» de Andrés Nagel, ya que «no está legitimado» para ello. Asimismo, aclara que el contrato firmado entre el artista y la anterior corporación, con Begoñe Azarloza a la cabeza, impide que se cambie de lugar. Para el alcalde actual, David Latxaga, sin embargo, sí que se podría reubicar, eso sí, «en aras del interés público».

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GARA | ZORNOTZA

El juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbo estimó ayer que el Ayuntamiento de Zornotza no puede retirar la escultura popularmente conocida como «La Patata» de Andrés Nagel de su ubicación actual, puesto que así lo pactó en un contrato con el escultor. Asimismo, señala que no hay interés público que justifique la retirada de la escultura de su actual ubicación, aunque desestima la petición de que se prohíba su retirada. Cada parte, además, deberá pagar sus costas.

Cabe recordar que Nagel demandó al Consistorio, cuya anterior alcaldesa, Begoñe Azarloza, había encargado la escultura para la rotonda donde ahora está situada, al entender vulnerado su derecho moral a la integridad de la obra por constarle la intención municipal de retirar la escultura de su actual emplazamiento. El artista reclamaba que se reconociera su derecho y se prohibiera al Ayuntamiento su retirada, sin solicitar ninguna indemnización.

La sentencia de ayer, sin embargo, declara probado que el Consistorio tiene intención de retirar «La Patata» puesto que está remodelando la zona -existe un dictamen pericial que lo constata - y tiene prevista una partida presupuestaria de casi 2.000 euros con este objetivo. La sentencia concede mucha importancia a la declaración de la anterior alcaldesa Azarloza, quien corroboró la tesis del escultor de que se había pactado que no podría cambiarse la ubicación de la obra sin acuerdo de ambas partes.

«Es precisamente la convención contractual suscrita entre las partes la que acredita la importancia que se concedió a la ubicación de la obra de Nagel», aclara. También indica que las partes pueden pactar una nueva ubicación, si llegan a un acuerdo sobre esta cuestión.

En cuanto al derecho moral a la integridad de la obra que dispone la Ley de Propiedad Intelectual, la sentencia aclara que ésta no impide al propietario de una escultura cambiarla de lugar, puesto que «tan respetable» es el derecho del autor a que no se cambie, como el del dueño de la obra a hacerlo. «Ante el conflicto entre el derecho de propiedad y el de autor, no hay razón para privilegiar a uno respecto a otro», añade.

La sentencia sostiene, asimismo, que la ponderación de ambos derechos -el de propiedad y el intelectual- no justifica la petición del escultor donostiarra, desestimando la solicitud de que el juzgado declarara incumplida la Ley de Propiedad Intelectual.

Pese a todo, el alcalde de Zornotza, David Latxaga (PNV), aseguró ayer estar «muy satisfecho» con la sentencia, ya que entiende que el juez dictamina que «no se puede prohibir al Ayuntamiento la reubicación de la escultura», tal y como requería Nagel.

No recurrirán el fallo

Así, el Consistorio no recurrirá el fallo, puesto que considera que podría cambiar la obra «en aras del interés público».

Y es que para Latxaga, aunque en este momento «no está acreditado» que «La Patata» pueda ser reubicada, el juez se basa en que no existe ningún plan municipal aprobado para ello. Por ello, el jeltzale recordó el proyecto urbanístico conocido como Topaketa, impulsado para peatonalizar el centro de la localidad, y en el marco del cual el Ayuntamiento de Zornotza podría decidir en un futuro el traslado de la obra. En este sentido, la sentencia aclara que la retirada de la escultura respondería a «razones esencialmente estéticas».

Cita al respecto el dictamen pericial llevado a cabo por una urbanista, que defendió que la escultura separa y «se erige como centro, como elemento de primacía indiscutible en el entorno», aunque no ve interés público en ello. «Lo habría -explica el fallo judicial- si fuera imperativo pasar por el lugar un vial, una línea de autobuses o tranvía, o si tuviera que atender necesidades que superen la simple coherencia del proyecto».

VANGUARDIA

El Festival se caracteriza por la inclusión entre sus representaciones de las piezas más audaces y atrnazas más audaces y atrnazas más audaces y atrnacional. Así, entre lo más nuevo, cabe señalar la obra «Fuck you» del irlandes Jonny Backup, o la monodanza «Soommerband» de los islandeses Fiörmon.

CONTRATO

El juez argumenta que las partes firmaron un contrato el 31 de octubre de 2002 en el que no sólo se encargaba la creación de una escultura, sino que se pactaba el lugar concreto de ubicación, «debiendo contarse con el autor para tal fin».

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