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Carlos Rivera Lugo 2008/8/7

El Estado de hecho

AMERICA LATINA en movimiento

(...) Todo el andamiaje jurídico en nuestro país está montado sobre un hecho: nuestro traspaso como botín de guerra por España a Estados Unidos. El Tratado de París de 1898 que así lo consigna no pasa de ser un reconocimiento jurídico y político a otro hecho, de fuerza: la invasión y posterior ocupación militar de la Isla por parte de las tropas estadounidenses.

(...) Washington ha desechado seguir con la farsa del «estado libre asociado» y pretende gobernar de nuevo directa y abiertamente sobre la colonia. En esta ocasión, a diferencia de 1898, el Buró Federal de Investigaciones (FBI), con el auxilio de la Fiscalía federal en San Juan, es la nueva fuerza ocupante. (...)

En nuestro caso, el Estado de Excepción se agrava con una Asamblea Legislativa que se considera por encima de los mandatos del electorado y que se torna cada día más irrelevante para la determinación real de los asuntos públicos. El creciente maridaje entre el capital y las tres ramas del gobierno ha profundizado la crisis de legitimación del Estado colonial. Estamos ante su peor crisis, no sólo política y económica sino que sobre todo moral.

(...) más allá de la burda pretensión del mercado de gobernar de facto ante la creciente corrupción e incapacitación de nuestro Estado colonial, existe un bloque de fuerzas sociales que crecientemente actúa, de forma audaz y decisiva, en la esfera pública al margen del llamado monopolio de la decisión política o jurídica representada por las tres ramas del gobierno colonial. Se niega a ser representada ya por éstas. De ahí la constitución de un Tribunal del Pueblo para proponer una forma alternativa de hacer justicia en el caso del Paseo Caribe. De ahí los llamados a una Asamblea Constituyente, no la de los partidos sino a la de esa multitud de voluntades y voces de nuestro pueblo que reivindica la inmanencia de su poder como autodeterminación. Es la aspiración del pueblo a la democracia absoluta que, al igual que en otros rincones de Nuestra América, exige la participación directa en la gestión de lo común.

Si el Estado de Derecho democrático tiene algún sentido prospectivo, ello dependerá de la potenciación del poder constituyente del pueblo como soberano. Y para ello, la desobediencia civil frontal contra el actual Estado de hecho constituye un imperativo ineludible de la acción política. (...) El Derecho no puede reducirse a la coacción resultante de una autoridad reguladora externa al pueblo sino que, más allá, tiene que expresar de hecho la voluntad soberana del pueblo y garantizar en todo momento su plena libertad como poder constituyente. Y es que, en una democracia verdadera, el derecho sólo puede ser expresión de este hecho vital.

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