La Audiencia Nacional alega que su petición debe bastar para que el juez de Belfast le entregue a Iñaki de Juana
GARA |
La Audiencia Nacional reconoció ayer implícitamente su incapacidad para aportar nuevos argumentos incriminatorios con- tra Iñaki de Juana Chaos. Tras constatar las reticencias del juez de Belfast a entregar al ex preso donostiarra, el juez que instruye en Madrid el caso de la carta, Eloy Velasco, intenta hacer ver a su homólogo irlandés que su petición debería bastar para ejecutar la euroorden.
De modo excepcional, Velasco recabó ayer la ayuda de todas las partes personadas en el proceso para que le aportaran nuevos elementos que puedan mover la posición del juez de Bel- fast. Ante la evidencia de que no hay más materia supuestamente penal que la ya argumentada -una carta cuya autoría se desconoce y en la que la expresión más sospechosa parece ser la de «Aurrera bolie»-, el juez Velasco argumenta que debe imperar la «máxima cooperación jurídica entre los estados miembros de la Unión Europea».
Las autoridades de Belfast dudan de que se pueda extraditar al ex preso donostiarra cuando la pena máxima que se le podría aplicar por este procedimiento, en su caso, sería de dos años de cárcel por «enaltecimiento». Sin embargo, la normativa de la euroorden establece que sólo podrá aplicarse en casos en que las penas puedan ascender a tres años o más.
«Doble incriminación»
En el afán de buscar nuevas vías para lograr la entrega de De Juana, la Audiencia Nacional esgrime el llamado principio de «doble incriminación», que con- siste en que en ambos estados existan delitos equivalentes. Los tribunales madrileños tratan de equiparar el «enaltecimiento» con el tipo penal de «encouragemente of terrorism», pero éste se refiere realmente a casos de «alentamiento» por lo que el juez de Belfast rechaza esa tesis.
Velasco indica al juez Burgess que asume que quizás no pueda acceder a una extradición directa, pero le pide que aplique al menos la «doble incriminación», de modo que el proceso judicial pueda continuar.
Dice que sólo quiere oírle
Junto a ello, la Audiencia Nacional también trata de convencer al juez irlandés de que debe extraditar a Iñaki de Juana argumentando que necesita oírle para poder decidir si continúa o no con el proceso.
Para ello, el tribunal especial no duda en explicar a su homólogo irlandés cómo funciona un proceso penal español. Le indica que la fase previa se realiza y tramita en sede judicial bajo la orden de un juez, no de un fiscal como ocurre en Gran Bretaña, y que en esta fase es condición imprescindible escuchar al imputado.
Velasco se esfuerza en esgrimir que en realidad él sólo quiere tomar declaración a De Juana. Hace ver a su homólogo Burgess que ha intentado citarle en seis ocasiones y que sabe que alguna de ellas fue «efectiva».
Respecto al fondo de la cuestión, el magistrado español insiste en que la carta es calificable como «enaltecimiento» en el sentido de «contribuir directa y sustancialmente» a un acto que puede suponer un menosprecio a las víctimas de ETA.