El TSJPV afirma que ETB vulneró el derecho a la huelga del 29-J de 2010
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha sentenciado que ETB «vulneró el derecho fundamental a la huelga» el día 29 de junio de 2010 -día de huelga general contra la reforma laboral-, estimando así la demanda interpuesta por ELA y LAB.GARA | BILBO
El día 29 de junio de 2010 ETB emitió los programas «Egunon Euskadi» y «Euskadi Directo», además de incluir en la programación publicidad de manera continuada: sin embargo, los servicios mínimos decretados contemplaban únicamente los programas informativos diarios en su horario habitual, por lo que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha estimado la demanda interpuesta por los sindicatos LAB y ELA y ha sentenciado que ETB vulneró el derecho fundamental de huelga.
El fallo, con fecha del 22 de febrero y notificado a las partes implicadas este martes 8 de marzo, declara, por tanto, «la nulidad radical de esa conducta» y se condena a la demandada ETB a proceder a la lectura de un texto -que se detalla más adelante- «en cada programa informativo de todos los canales de ETB y en cada programa de los emitidos por ETB el día 29 de junio de 2010, esto es, «Egun on Euskadi» y «Euskadi Directo»». Dicha lectura se hará el domingo en los programas informativos «en sentido estricto», y el martes en los programas «indebidamente emitidos» el día de la huelga, en ambos casos en la fecha más próxima a la de la notificación de la firmeza de la sentencia. Contra ésta cabe recurso de casación ordinario ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en un plazo de diez días hábiles siguientes a su notificación.
Como primera noticia
La sentencia obliga a anunciar en los titulares, entrada, carátula o similar de cada programa referido, como primera noticia o titular, lo siguiente: «La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha dictado Sentencia estimando la demanda presentada por las Centrales Sindicales ELA y LAB y ha declarado que Euskal Telebista vulneró el derecho de huelga al emitir determinada programación el día 29 de junio de 2010, condenando a esta empresa a leer públicamente el texto que luego se dará a conocer».
Asimismo, tras el enunciado de los titulares de entrada, se obliga a ETB a que la primera noticia del programa sea también un texto similar al referido anterioremente, y que se incluye en la sentencia.
A este respecto, el sindicato ELA solicitaba que la sentencia de condena se insertara en diferentes medios. Paradójicamente, ELA sólo propone los diarios «Deia» y «El Correo», precisando que sea en sus ediciones de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Nafarroa, «al ser los diarios con mayor número de lectores». La Sala «entiende innecesaria esta medida, dado que lo adecuado, proporcional y verdaderamente reparador es dar la noticia de la sentencia que declara la vulneración del derecho fundamental, en el mismo medio en el que la vulneración se produjo, esto es, en la propia ETB».
El sindicato LAB consideró ayer que, «aunque a estas alturas no repare el daño cometido, al haber actuado igual el día de huelga del pasado 27 de enero, la sentencia nos ayudará en el camino de la nueva demanda. Es más -añadieron-, en caso de que pretendieran continuar con la misma actitud en las huelgas venideras, nuestros servicios jurídicos están analizando abrir la vía penal».
LAB consideró que «estos graves hechos» como el «comportamiento esquirol» mantenido por la dirección de ETB, «después de hacer oídos sordos» a los servicios mínimos establecidos por Lakua, «ya fueron calificados en su momento de inadmisibles y prepotentes contra el ya de por sí insuficiente derecho a la huelga».
La sentencia condena a la demandada ETB a proceder a la lectura de un texto de notificación en cada programa informativo de todos los canales de ETB y en cada programa de los emitidos por ETB el día 29 de junio de 2010.
LAB consideró ayer que, «aunque a estas alturas no repare el daño cometido, al haber actuado igual el día de huelga del pasado 27 de enero, la sentencia nos ayudará en el camino de la nueva demanda».